lunes, 25 de noviembre de 2024
Informe aprobado 13/07/2016junio 7th, 2017

La Unión Europea ha aprobado de forma definitiva el informe que elaboraron los eurodiputados que visitaron la cuenca del Tajo en febrero de este año con los 22 votos a favor de los Socialistas europeos, los Liberales, los Verdes, IU europeos, Conservadores europeos y EFDD; y los votos en contra de los nueve eurodiputados del PP.
Como dato anecdótico, justo al terminar la votación se han abrazado, llorando, el eurodiputado socialista toledano Sergio Gutiérrez y una de las representantes de la Plataforma en Defensa de los Ríos Tajo y Alberche, Rosa Prieto.

El Tajo, a su paso por Toledo.


La Unión Europea ha aprobado el informe que elaboraron los eurodiputados que visitaron en febrero la cuenca del Tajo y considera que la gestión del agua en España «debe ser revaluada en línea con los requisitos de la Directiva Marco del Agua y los Planes Hidrológicos de Cuenca», tal y como se especifica en las recomendaciones del informe, al que ha tenido acceso encastillalamancha.es.

«LOS BAJOS NIVELES ESTABLECIDOS PARA EL CAUDAL MÍNIMO EN TOLEDO, TALAVERA, ALMOGUERA Y ARANJUEZ…»

En concreto, entre las nuevas enmiendas aprobadas e introducidas en el informe se incluye una en la que afirman que «los bajos niveles establecidos para el caudal mínimo en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Tajo en Almoguera (Guadalajara), Aranjuez, Toledo y Talavera, junto con una variación de caudal estacional inexistente, contribuyen a una alteración importante de los regímenes de los caudales de agua en la zonas relacionadas con la Red Natura 2000; considera que esto genera una alteración continuada del hábitat para los peces y otras especies dentro de los lugares de interés para la comunidad, que afecta gravemente a su conservación y no contribuye a su recuperación».

Por lo que sugiere que, para lograr los objetivos medioambientales establecidos en el Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo «las autoridades españolas revisen los caudales ecológicos propuestos para el río en el Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo del segundo ciclo», puesto que «el caudal ecológico debe ser suficiente para lograr el objetivo de garantizar el buen estado del río y permitir un grado de dilución suficiente para lograr una conservación favorable del estado de los hábitats naturales y especies de los lugares de la Red Natura 2000 que dependen del estado del agua».

En el informe, además, se subraya (éste es uno de los puntos nuevos) que «los últimos planes de cuenca siguen si abordar todas las deficiencias identificadas por la Comisión en marzo de 2016 dentro de los planes del primer ciclo y que, por tanto, aún no cumplen las disposiciones de la Directiva Marco sobre el Agua; por lo que pide a la Comisión que rechace el segundo ciclo de los planes hidrológicos de Cuenca presentados por el Gobierno español».

Como dato anecdótico, justo al terminar la votación se han abrazado, llorando, el eurodiputado socialista toledano Sergio Gutiérrez y una de las representantes de la Plataforma en Defensa de los Ríos Tajo y Alberche, Rosa Prieto.

«EL CAUDAL ECOLÓGICO NO SE REFIERE SOLO A LA CANTIDAD DE AGUA, TAMBIÉN A UNA ADECUADA COMPOSICIÓN QUÍMICA DE LAS AGUAS INTERIORES»

Es más, otro de las nuevas disposiciones aprobadas en el informe aclara que «el caudal ecológico también debería ser suficiente para lograr una conservación favorable del estado de los hábitats naturales y especies de los lugares de la Red Natura 2000 que dependen del estado del agua; y el caudal ecológico no se refiere solo a la cantidad de agua, sino también a una adecuada composición química de las aguas interiores, especialmente en ríos tan importantes como el Ebro y el Tajo, que son una importante fuente de biodiversidad, como se reconoce en muchos de los diferentes espacios protegidos de la Red Natura 2000 a lo largo de los dos ríos».

También recomiendan en el informe que se realice un estudio «actualizado, independiente y exhaustivo de las necesidades de las zonas protegidas en cuanto a la calidad del agua y los caudales ecológicos de conformidad con los objetivos medioambientales establecidos en la Directiva Marco sobre el agua y los requisitos de las Directivas sobre hábitats y aves silvestres».

EXIGEN QUE EL CAUDAL ECOLÓGICO «DEBE SER SUFICIENTE PARA LOGRAR EL OBJETIVO DE GARANTIZAR EL BUEN ESTADO DEL RÍO»

O, lo que es lo mismo, exigen que el caudal ecológico «debe ser suficiente para lograr el objetivo de garantizar el buen estado del río y permitir un grado de dilución suficiente de las aguas residuales depuradas; el caudal ecológico también debería ser suficiente para lograr una conservación favorable del estado de los hábitats naturales y especies de los lugares de la Red Natura 2000 que dependen del estado del agua».

INSTAN A LAS AUTORIDADES ESPAÑOLAS A UTILIZAR LOS RECURSOS NO CONVENCIONALES, EN ESPECIAL EL AGUA DE LAS DESALINIZADORAS

Por último, instan a las autoridades españolas «a que integren los recursos hídricos disponibles en el marco del Plan Hidrológico de cuenca actual, incluidos los recursos no convencionales, en especial el agua de las desalinizadoras financiadas con fondos europeos para mejorar la seguridad del suministro de agua a nivel de la cuenca».

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