viernes, 18 de octubre de 2024
cabe recurso ordinario de casación 09/05/2012junio 13th, 2017

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha fallado a favor de los trabajadores y trabajadoras de RTVCM ante la reclamación del IPC correspondiente a 2009 que la Sección Sindical de Comisiones Obreras llevó a los tribunales, ante el incumplimiento por parte de la empresa del Convenio Colectivo en lo relativo a la claúsula de revisión salarial.

La Sección Sindical de CC.OO. en RTVCM denunció la inaplicación de esta cláusula porque «aunque el año 2009 cerró con una desviación del IPC del 2,1 por 100, la empresa decidió de forma unilateral aplicarnos una subida del 0,8 por 100. Decisión que nos llevó a presentar la demanda del conflicto colectivo, a la que se sumaron los compañeros de UGT».


«La sentencia que hemos ganado reconoce que se nos adeudan las cantidades resultantes de ese incremento a partir de las nóminas correspondientes desde entonces; cantidades que se deberán reclamar de forma individual», ha explicado Javier Gutiérrez, responsable de la sección sindical de CC.OO. en RTVCM, quien ha trasladado su felicitación y agradecimiento a los servicios jurídicos del sindicato.

La sentencia no es firme, y puede ser recurrida por la empresa, aunque solo cabe recurso ordinario de casación.

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