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El auto ha sido conocido hoy 19/04/2017junio 6th, 2017

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha desestimado el recurso presentado por el Gobierno regional tras suspenderse el decreto que ampliaba la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la Laguna de El Hito, que frenaba la construcción del ATC de residuos nucleares.

El pasado 8 mes de marzo el TSJCM dictó la suspensión del decreto del Gobierno regional de octubre de 2016 que ampliaba la ZEPA de El Hito (Cuenca), que frenaba la construcción del almacén temporal centralizado de Villar de Cañas, y la Junta presentó un recurso que ahora ha sido desestimado.


El auto conocido hoy del Tribunal Superior de Justicia, al que ha tenido acceso Efe, no admite el «primero y principal motivo impugnatorio» ya que el auto de marzo cumplía «sobradamente» con el requisito de la motivación y era «congruente» en cuanto a los términos del debate procesal.

La Junta fundamentó su recurso en que la prevalencia de la gestión nuclear contravenía, entre otras, la directiva de conservación de hábitats naturales de flora y fauna silvestre.

La sala reconoce que en el ámbito cautelar priman los recursos naturales, pero explica que hay ocasiones en que se debe ceder ante otros intereses «públicos o privados» de carácter patrimonial cuando afecte a un sector fundamental para la economía de la nación o que origine perjuicio económicos de difícil reparación.

Así, explica que los perjuicios a los que alude la Junta «no es claro que sean inmediatos ni irreparables» y ni siquiera se alega que se produzca «la pérdida o extinción de alguna especie».

Y, en todo caso, las dudas que pudiera tener la sala del TSJCM no son «transcendentes» porque ceden ante la sentencia del Tribunal Supremo, que en sentencia del 16 de diciembre de 2016 suspendió cautelarmente el acuerdo del Gobierno de Castilla-La Mancha que amplió el espacio protegido Laguna del Hito.

Al recurso que presentó la Junta, y que ha sido desestimado, se había adherido Ecologistas en Acción de Cuenca y, por contra, lo habían impugnado el abogado del Estado y el Ayuntamiento de Villar de Cañas.

Contra el auto dictado por la Sección Primera de la Sala de los Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de fecha 10 de abril, se puede presentar un recurso de casación en el plazo de 30 días.

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