La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado hoy la orden que fija los períodos hábiles de caza y las vedas en Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2017-2018, que incluye algunas novedades con respecto a la anterior.
La orden, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ha tenido en cuenta la fenología y población de las aves declaradas cinegéticas en Castilla-La Mancha con el fin de determinar su estatus en la región y la idoneidad de incluirlas como especies cinegéticas para la presente temporada de caza.
Se excluyen del listado el ánade rabudo y el pato colorado, al no disponer de poblaciones que permitan su aprovechamiento cinegético sostenible, y se propone un cupo de capturas por cazador y día para el ánsar común, el ánade friso y al cerceta común.
En coordinación con comunidades autónomas limítrofes se reduce a cinco el cupo de tórtola común para la media veda y se prohíbe su caza en la temporada general.
Por otro lado, la orden regula el periodo hábil de la codorniz en la media veda, que se modifica en dos comarcas, de Guadalajara y de Cuenca, en base a la demora de las cosechas de cereal con respecto al resto de la región, con el fin de no cazar la especie durante su periodo reproductor.
Se autoriza la caza de perdiz roja con reclamo, considerando los últimos informes que determinan que los periodos hábiles para esta modalidad de caza dependerán de si el municipio está en comarcas situadas por encima o por debajo de los 800 metros de altitud.
Así el período hábil será del 23 de enero hasta el día 5 de marzo de 2018, ambos inclusive, en municipios situados a más de 800 metros de altitud, y del 10 de enero al 20 de febrero de 2018 en los que están a menos de 800 metros.
La orden también estable la apertura de la caza de los machos de corzo, del 1 de abril de 2018 hasta el 31 de julio, y del 1 al 30 de septiembre.
Como medida biosanitaria de control de daños a la agricultura y a las especies silvestres y medida preventiva de accidentes de tráfico, la Consejería estima necesario reducir las poblaciones de jabalí, por lo que se añade un periodo hábil de caza mediante la modalidad de aguardos nocturnos desde el 1 de junio hasta el 31 de agosto.
Con carácter general, la caza menor se podrá practicar en los cotos de caza de la región desde el 8 de octubre de 2017 hasta el 8 de febrero de 2018, ambos inclusive.
El periodo de caza en media veda en el cas de la codorniz será del 21 de agosto al 15 de septiembre de 2017, excepto en las comarcas de la Serranía Alta de la provincia de Cuenca y la Alcarria Baja de Guadalajara, que será del 27 de agosto al 15 de septiembre.
En el caso de la paloma torcaz y la tórtola común, el período hábil de caza será el comprendido del 21 de agosto al 21 de septiembre de 2017, ambos inclusive para paloma torcaz.
La orden establece para las especies de caza mayor que el periodo hábil será desde el 8 de octubre de 2017 hasta el 21 de febrero de 2018, ambos inclusive, mientras que para la caza de la cabra montés será del 15 de noviembre de 2017 al 15 de enero de 2018.
La caza de aves migratorias no acuáticas se podrá practicar entre el 8 de octubre de 2017 y el 31 de enero de 2018, y la caza de aves acuáticas irá del 15 de octubre de 2017 al 31 de enero de 2018, ambos inclusive.
Para las aves acuáticas se establece un cupo máximo de dos ánsar común por cazador y día, tres cerceta común por cazador y día y tres ánade friso también por cazador y jornada.