El Proyecto de Ley de protección y apoyo garantizado para personas con discapacidad en CLM recoge en su articulado la creación de un sistema de registro que, bajo la coordinación de las consejerías con competencias en sanidad y servicios sociales, custodiará los denominados planes personales de futuro, que contienen las preferencias y prioridades de apoyo que las personas discapacitadas desean recibir cuando los familiares no puedan desempeñar esa función.
Confidencialidad
El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, especifica que ese sistema de registro asegurará la confidencialidad y el respeto a la legislación de protección de datos de carácter personal, así como el acceso a los documentos contenidos el mismo, garantizando que únicamente puedan acceder al mismo las personas interesadas, en el momento en que se deba conocer el plan personal de futuro.
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La organización y funcionamiento del sistema de registro deberá ser aprobada en Consejo de Gobierno en el plazo de doce meses a partir del día siguiente a la fecha de entrada en vigor de la ley. El Proyecto de Ley se encuentra actualmente en las Cortes, donde los grupos parlamentarios tienen hasta finales de la próxima semana para enmendarlo.
Una declaración de voluntades de las personas con discapacidad en CLM
Los planes personales de futuro, siendo una declaración de voluntad de la persona con discapacidad y su familia, deberán ser tenidos en cuenta por los profesionales que vayan a participar en la atención a las personas con discapacidad cuando falten sus apoyos familiares, y deberán estar firmado tanto por la persona con discapacidad como por sus familia o su representante legal –en el caso de que tenga su capacidad de obrar modificada judicialmente– así como por un agente de mediación.
El Anteproyecto de Ley recoge que para diseñar el plan personal de futuro la persona con discapacidad y su familia establecerán sus preferencias, según las distintas áreas susceptibles de ser contempladas en dicho documento, que deberá estar adaptado –con lectura fácil u otras formas de adaptación– para que la persona con discapacidad, en la medida de lo posible, pueda tener acceso a la información.
El plan hará mención al sistema de apoyos con el que cuenta la persona en el momento de su elaboración y podrá, además, hacer referencia a las áreas residencial, laboral, de ocio y tiempo libre, de relaciones interpersonales, de salud, económica y legal.
Dónde y con quién vivir
De esta forma, la persona con discapacidad podrá establecer sus preferencias en la modalidad de apoyo residencial en cuanto a dónde y con quién quiere vivir, podrá determinar su preferencia en las ramas formativas y laborales según sus gustos, capacidades y habilidades, además de indicar en qué tipo de actividades lúdicas, deportivas o de tiempo libre quiere participar.
Igualmente, el plan personal de futuro detallará las relaciones con la familia, al objeto de mantener y fomentar los contactos, así como su red social, para que se mantenga cuando se ponga en marcha el plan. Éste también podrá contener datos relativos a las condiciones de salud de la persona con discapacidad, establecer preferencias en cuanto a la persona o entidad que podría ejercer la función titular cuando la familia directa falte o contener información sobre gestión patrimonial y económica de sus bienes.
El plan personal de futuro podrá ser modificado, sustituido o revocado en cualquier momento conforme a lo previsto en su elaboración y se pondrá en marcha una vez constatada la falta de apoyos familiares de la persona con discapacidad.
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