El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso de apelación efectuado por la asociación El Defensor del Paciente frente a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Toledo, y condena al Sescam a indemnizar con 80.000 euros por la pérdida de oportunidad en el retraso en el diagnóstico y tratamiento de una paciente que acudió en diversas ocasiones al servicio de urgencias con una hemorragia subaracnoidea (un tipo de ictus).
El caso se remonta a 2009, cuando R.G.C., de 51 años, acudió en fecha 16 de junio al servicio de urgencias del Complejo Hospitalario La Mancha Centro, en Alcázar de San Juan, presentando un fuerte dolor de cabeza, de aparición brusca y muy intensa, el «peor dolor de cabeza de su vida» describía. El Defensor del Paciente explica en nota de prensa que, entonces, se le hizo una exploración y una analítica, y se le dio de alta ese mismo día con el diagnóstico de cefalea compatible con migraña. Al día siguiente acudió al médico de Atención Primaria, quien debido a su estado le volvió a remitir al servicio de urgencias. «Una vez allí informó del empeoramiento, además de que -en los datos analíticos -se apreciaba una caída muy significativa de las cifras de hemoglobina y hematocrito que no fue tenida en cuenta. Fue dada de alta con el mismo diagnóstico. En ninguna de las visitas se realizó prueba de imagen».
La asociación continúa detallando que, en fecha 21 de junio, acudió por tercera vez al servicio de urgencias; en esta ocasión se le realizó un TAC que ponía de manifiesto la existencia de una hemorragia subaracnoidea, teniendo que trasladar a la paciente con urgencia al Hospital General de Ciudad Real, donde le practicaron una intervención quirúrgica.
Debido al retraso en el tratamiento -añade- se le ocasionó una hemiplejia derecha y le ha sido reconocida una minusvalía del 84 por 100 y una incapacidad permanente absoluta.
En el procedimiento de instancia ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Toledo fue desestimada la demanda, pese al informe pericial de neurólogo aportado y al perito judicial especialista en neurología, quienes confirmaron que la actuación los días 16 y 17 de junio era contraria a la lex artis y, ante el cuadro que presentaba estaba indicado la realización de un TAC que hubiera permitido el diagnóstico y tratamiento precoz de la hemorragia subaracnoidea.