sábado, 26 de octubre de 2024
se adapta a la Ley de Tasas y Precios Públicos 13/02/2013junio 13th, 2017

La Consejería de Agricultura ha hecho público la Orden por la que se establecen los nuevos modelos y tipos de licencias de caza, pesca fluvial y matrículas de embarcación y aparatos flotantes en Castilla-La Mancha.

Con esta Orden, según la información recogida por Efe del Diario Oficial de la región, la Consejería actualiza la anterior Orden vigente desde 1989 y se adapta a la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, que actualizaba las tasas correspondientes a las licencias de caza, pesca y matriculas de embarcación.


Asimismo, la Consejería también establece los nuevos modelos de licencias, cuyo formato y características se adaptarán a una misma tipología.

Respecto a los precios que tendrán la licencia de caza anual, se establece su coste en 40 euros, mientras que la licencia para cinco años tendrá un coste de 200 euros.

La licencia anual de rehalas tendrá un coste de 169 euros y la quinquenal de 845 euros.

Por lo que respecta a la licencia de pesca anual, su importe será de 8,50 euros, mientras que la licencia válida para cinco años tendrá un coste de 42,50 euros.

Las embarcaciones, entre los que no se consideran como tal los flotadores individuales adaptados al cuerpo denominados patos, deberán obtener una licencia anual, cuyo coste se establece en 16 euros.

Las licencias de caza, pesca fluvial y matrículas de embarcación y aparatos flotantes podrán expedirse en los servicios centrales de la Consejería de Agricultura, sus Servicios Periféricos, las Oficinas Comarcales Agrarias y las oficinas de las entidades colaboradoras con las que la Consejería firme convenios de colaboración para este fin.

Asimismo, podrá presentarse mediante fax al número 925286736, mediante llamada al teléfono 012 o mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la Web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.castillalamancha.es), entre otras fórmulas.

Como disposición transitoria, la Consejería considera en vigor, hasta su caducidad, las licencias que estén expedidas conforme a los modelos anteriores.

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