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viernes, 22 de noviembre de 2024
El concejal Francisco Rueda dio los detalles de programa de formación para el empleo
Paco Rueda.
Hasta el 20 de diciembre - 09 diciembre 2019 - Toledo

El concejal de Empleo de Toledo, Francisco Rueda, ha avanzado este lunes que las personas desempleadas interesadas en la selección para el Plan Extraordinario de Empleo podrán inscribirse en dependencias municipales hasta el próximo 20 de diciembre, viernes, o bien a través de la sede electrónica del Ayuntamiento y en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro.

El Plan Extraordinario de Empleo se desarrollará en cuatro categorías con una duración de seis meses. Las categorías son las de operario cualificado en albañilería, jardinería y pintor; empleado cualificado en prevención, agente de desarrollo social y operario de funciones básicas. En total se formalizarán 250 contratos.


Según informa el Consistorio en una nota de prensa, las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se encuentran disponibles en el portal web municipal y en dependencias municipales de información al ciudadano. Rueda también ha explicado que del total de contrataciones al menos el 50 100 ciento se formalizarán con mujeres, y en igualdad de condiciones, tendrán preferencia para participar en este programa de empleo las personas que no fueron contratadas en el marco de la orden de 28 de diciembre de 2016 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Se priorizará la contratación de desempleados de 25 a 65 años que no cobren prestación por desempleo y sumen 12 meses de paro en el último año y medio. La incorporación de este personal al Ayuntamiento de Toledo será previsiblemente el 1 de marzo de 2020.

Asimismo, según recogen las bases, quedarán excluidas las personas que en el momento de la contratación formen parte de itinerarios formativos o de empleo promovidos por el Ayuntamiento de Toledo, así como aquellos solicitantes que no aporten la documentación necesaria para poder verificar sus circunstancias socioeconómicas y el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria y los que incurran en falsedad documental y falta de veracidad en los datos constatada o verificable.

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