viernes, 22 de noviembre de 2024
Vista del casco de Toledo desde el valle.
Vista del casco de Toledo desde el valle. Foto - Rebeca Arango
Crisis del coronavirus 16/03/2020marzo 30th, 2020 - Toledo

Por ejemplo, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) amplía su período voluntario de pago, que es del 1 de mayo al 1 de septiembre. Con la modificación, las fechas de cargo en cuenta de los recibos domiciliados del IBI serán las siguientes:

Así queda el pago del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)

El 1 de septiembre de 2020 se cargará el 50 por 100 del recibo.


El 30 de octubre de 2020 se cargará el 25 por 100 del recibo.

Y el 29 de diciembre de 2020 se cargará el 25 por 100 restante del recibo.

Igual sucede con el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, que amplía su período de pago voluntario hasta el 1 de junio para los recibos domiciliados.

Se aplazan requerimientos, embargos, liquidaciones…

Además, se suspenden todos los plazos para atender requerimientos, presentar declaraciones, identificar conductor y presentar alegaciones durante el plazo de 15 días, prorrogables.

Se suspenden los procedimientos de embargos durante el plazo de 15 días, prorrogables.

Se suspende la emisión de notificaciones durante el plazo de 15 días, prorrogables.

Se amplía el período voluntario de pago de todas las liquidaciones emitidas y notificadas con vencimiento 20 de marzo, 5 de abril y 20 de abril, cuyo plazo en periodo voluntario se amplía al 30 de abril. Este plazo es susceptible de ampliación en el caso de prórroga del estado de alarma.

Se amplía el período voluntario de pago de todas las sanciones emitidas y notificadas con vencimiento 19 de marzo, 26 de marzo, 30 de marzo, 14 de abril y 23 de abril, cuyo plazo en período voluntario se amplía al 30 de abril de 2020. Este plazo es susceptible de ampliación en el caso de prórroga del estado de alarma.

Fondo de contingencia de 481.000 euros

Además, se han puesto 481.000 euros del denominado fondo de contingencia (dinero que el Ayuntamiento de Toledo tiene reservado para pago por sentencias…) a disposición de la Junta de Gobierno Local para que lo emplee en las cuestiones de emergencia que necesite con motivo de la crisis del coronavirus.

Y que servirá para sufragar el teletrabajo, las comunicaciones y la posible ampliación de los servicios de limpieza, higiene, salud pública, Policía Local, Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil.

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