El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) ha publicado una la Orden en la que establece medidas específicas de protección y vacunaciones en varias zonas, entre ellas el oeste de Toledo, contra la enfermedad de la lengua azul o fiebre catarral ovina al detectarse el virus en Extremadura.
Esta normativa fija nuevas zonas restringidas tras declararse España libre de focos del serotipo 8 desde noviembre de 2010, pero vuelve a establecer como obligatoria la vacunación frente al serotipo 1 en aquellas áreas de mayor riesgo tras detectarse la circulación viral en zonas del norte de Extremadura.
En concreto, menciona la vacunación obligatoria frente al serotipo 1 del virus del vacuno y ovino mayor de tres meses de edad de varias comarcas y municipios de Avila (Candelada), Salamanca (Sequeros), Cáceres (Valencia de Alcántara, Coria y Plasencia, Garrovillas, Hinojal, Monroy, Santiago de Campo y Navalmoral).
También incluye las comarcas y municipios toledanos de Oropesa, Belvís de la Jara, Navalmorales y Talavera de la Reina.
El texto define como zonas restringidas frente a los serotipos 1 y 4 del virus de la lengua azul a las comarcas ganaderas de las provincias de Cádiz, Huelva y Málaga y a las sevillanas de Utrera, Osuna, Lebrija, Sanlúcar la Mayor y Marchena.
Fija como zonas restringidas frente al serotipo 1 del virus a las ciudades de Ceuta y Melilla y al resto del territorio peninsular español en el que no se incluye las comarcas ganaderas recientemente mencionadas y zona libre a las comunidades de Canarias y Baleares.
La orden también establece los requisitos para los movimientos nacionales de animales de especies sensibles desde las zonas restringidas a la zona libre y los requisitos para los movimientos de esperma, óvulos y embriones.