El médico de urgencias del hospital de Manzanares (Ciudad Real) acusado del delito del deber de socorro, por no atender a un paciente que murió a las puertas del centro médico, ha alegado hoy en la primera sesión del juicio, con jurado popular, que «el mejor recurso era desplazar una ambulancia medicalizada» a través del servicio de emergencia del 112.
El acusado, Bernardo Cedeño, de 59 años y natural de la República Dominicana, se enfrenta a una omisión de asistencia sanitaria a Carlos Manuel Antequera, de 23 años, que en la madrugada del 12 de febrero de 2008 se desmayó y sufrió un accidente a las puertas de urgencias mientras conducía su vehículo camino del hospital aquejado de un infarto de miocardio.
El doctor Cedeño ha explicado que no tuvo «conciencia» ni de la distancia ni de la calle» donde estaba el turismo accidentado en el momento en el que agentes de la Guardia Civil se personaron en el servicio de urgencias del hospital para solicitar ayuda.
Ha agregado que lo único que preguntó a los agentes era «si se había alertado al 112 para que enviara una UVI medicalizada y coordinara el operativo», ante la inconsciencia que presentaba el paciente.
El acusado, a preguntas del Ministerio Fiscal, ha defendido su actuación ante el elevado número de pacientes que el servicio de urgencias del hospital manzanareño tenía en las diferentes salas de observación y que «no podía desatenderlos» para acudir al lugar del accidente puesto que no era su competencia.
El facultativo, que se enfrenta a una inhabilitación de tres años y al pago de una indemnización de más de 200.000 euros, ha reiterado que su omisión de prestar el servicio sanitario fuera del hospital se debió a que lo más adecuado era «enviar los mejores recursos con todos los medios posibles en 2 o 3 minutos a través de una ambulancia equipada».
Para ello, ha explicado, se encargó de llamar al teléfono de emergencia 112 y corroborar que ya había sido alertada y ha negado que tanto agentes de la Guardia Civil como de la Policía Local de Manzanares requirieran en varias ocasiones tanto su ayuda como a la otra doctora adjunta al servicio de Urgencias.
«Los agentes incluso se ofrecieron a llevarnos en su propio vehículo para asistir al paciente», ha indicado, pero «se consideró mejor que fuera una ambulancia con soporte vital la que transportara al paciente y prestara la ayuda inmediata», ha convenido.
«Sólo con mis propias manos no hubiese podido salvarle la vida al paciente», ha apostillado.
El letrado de la defensa, Félix Aponte, ha defendido la inocencia de su cliente pues, a su juicio, lo que hubo en la madrugada del 12 de febrero de 2008 fue «una falta de coordinación» por parte del servicio 112 y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y ha agregado que su defendido «no tenía la obligación de abandonar el servicio sanitario de urgencias ni de colaborar fuera del hospital».
En cambio, el Ministerio Fiscal ha dicho que el deber «ético y moral», además del profesional, «era atender a unos pocos metros a una persona que se estaba muriendo» ya que, según ha relatado, el servicio de urgencia «estaba controlado» y en esos momentos el doctor «no estaba atendiendo a ningún paciente».
Según el fiscal, estos hechos no concurren en «circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal», pero ha solicitado que el acusado pague una indemnización de 11.145 euros a cada uno de los padres de la víctima, 133.705 a la pareja sentimental y 55.729 a la hija del fallecido.
La acusación particular ha calificado la presunta omisión del deber del socorro de un «desamparo absoluto sanitario» y ha acusado al galeno de conocer desde el primer momento la «gravedad de la situación y de la inmediatez que requería el paciente que se debatía entre la vida y la muerte».
La vista oral continuará mañana con las pruebas testificales en las que declarará la pareja de la víctima que, en avanzado estado de gestión, acompañaba aquella noche en el mismo vehículo, así como los agentes de la Guardia Civil que solicitaron ayuda, entre otros.