El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Majadahonda ha dictado sentencia en la que se reconoce la condena a Mapfre como aseguradora del Sescam a abonar a la viuda e hijas el importe de 207.284 Euros (147.628 euros más 59.656 en concepto de intereses) por el fallecimiento ocasionado por una grave infección tras una intervención de prótesis de cadera en el Hospital Virgen de la Luz (Cuenca). La sentencia, según el defensor del paciente, «es firme en estos momentos», según señala el Defensor del Paciente, que ha tramitado esta causa.
E.D., de 58 años de edad, fue diagnosticado de coxartrosis de cadera y puesto en septiembre de 2013 en lista de espera quirúrgica, tras 8 meses de espera se le avisó para la intervención, según indica en un comunicado el Defensor del Paciente.
No se avisó de una ampolla importante en la pierna
En todo ese tiempo no se le facilitó consentimiento informado ni se le informó de los riesgos de la intervención. Ingresó en fecha 1 de mayo de 2014 siendo intervenido el día 2 de mayo. En el postoperatorio, de fecha 6 de mayo de 2014, consta en las anotaciones de enfermería que presentaba una ampolla importante en la pierna que se vació extrayendo 15 centímetros cúbicos de líquido de la misma.
En ese momento no consta que se avisase al médico para valorar al paciente, ni siquiera consta que un médico indicase el drenaje de la ampolla, ni consta el lugar donde se realizó el mismo. Se le dio el alta sin comprobar su estado, siendo controlado por Atención Primaria acudiendo a realizarle curas, sin percatarse en todo ese tiempo del grave empeoramiento que sufría con claros síntomas de infección.
Reingresó, en fecha 15 de mayo, presentando una grave sepsis de la cual fue empeorando hasta el fallecimiento en fecha 31 de mayo de 2014.
La sentencia reconoce, tal y como defendió la letrada Carmen Fernández-Bravo, que el paciente debería haber recibido información tanto general como personalizada de la intervención, máxime teniendo en cuenta que era un paciente diabético.
Era una persona independiente antes de la operación
Hubo tiempo para informar y no se hizo, añade el Defensor del Paciente, que añade que la sentencia no entra a valorar todo lo planteado por esta parte en relación al origen de la sepsis o su falta de control, reconoce el daño, patente, por esa falta de consentimiento informado y esa grave sepsis que llevó a E.D. al fallecimiento con 58 años, tras una intervención que no era urgente, incluso podía no haberse sometido a la misma, dado que, previamente a ella, era una persona independiente para todas las actividades.
Juzgado de 1ª Instancia de Majadahonda confirma la responsabilidad de la aseguradora del Sescam por el daño ocasionado acordando la indemnización de 147.628 Euros así como los intereses del art. 20 de la LCS cuya liquidación asciende a 59.656 Euros.
La defensa del caso ha sido ejercida por la letrada Carmen Fernández-Bravo, del Despacho Fernández-Bravo Asociados, especialistas en Derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.