«La Consejería de Educación, como los malos estudiantes:
a) Intenta remediar a última hora lo que no ha hecho durante el curso.
b) Se equivoca en las medidas a aplicar.
c) Trata de descargar las culpas en los demás.
a) Efectivamente. Después de un curso de recortes en horas de refuerzo, apoyos y desdobles y con agrupamientos masivos, en algunos casos, por encima de los 35 alumnos, propone medidas de refuerzo durante poco más de 20 días, en agrupaciones de 12 a 15 alumnos. Y aún más, se atreve a decir que el programa se desarrolla en «contextos normalizados».
b) Por otro lado dirige el programa, que no olvidemos tiene la intención de «favorecer la continuidad en el sistema educativo, evitando el abandono temprano del mismo» a aquellos alumnos de 4º de la E.S.O. no incluidos en un programa de diversificación, que en la convocatoria ordinaria (en junio) no «hayan obtenido calificación positiva en tres o menos materias y que alguna de ellas sea Lengua y Literatura o Matemáticas, siempre y cuando la calificación en dichas materias sea de 3 o superior (3 o 4).
Ya que cuenta con todos los datos necesarios, la Consejería debería saber que prácticamente el 100 por 100 de los alumnos que se encuentran en esas circunstancias titula en la convocatoria extraordinaria (septiembre) y en una gran mayoría (igualmente casi el 100 por 100) continúa sus estudios en Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio, por lo que no son pues candidatos a «no continuar en el sistema educativo ni a abandonarlo de forma temprana (sin titular).
Mayor peligro de encontrarse en esta circunstancia están los alumnos que no obtienen calificación positiva en mayor número de materias y con menor calificación.
Igualmente no parece muy acertado por parte de la Consejería el considerar en mayor peligro de exclusión o abandono del sistema educativo a un alumno suspenso en Lengua o Matemáticas; pero con calificación de 3 o 4, que a otro con tres materias pero que ninguna de ellas sea una de las mencionadas.
Fija por otra parte el número de alumnos para poder desarrollar el programa entre 12 y 25; por lo que en principio, haciendo uso de la estadística, les está vetando el derecho a aquellos alumnos en donde la línea de E.S.O. sea de 3 o menos, por más que conceda la posibilidad de que en ese caso se solicite la inclusión en un centro cercano donde existan plazas vacantes. ¿Y si no las hubiera?
Asimismo no concede derecho a transporte escolar. ¿Acaso desconoce la Consejería que hay alumnos que por sus circunstancias tienen que desplazarse al I.E.S. que la Consejería les asigna y que cuentan con transporte escolar durante el curso? ¿Por qué ahora se les priva de dicho derecho? No parece ser que esto esté muy de acuerdo con el artículo 120 de la Ley de Educación de Castilla-La Mancha, que en su punto 1 recoge: «La respuesta a la diversidad del alumnado se regirá por los principios de igualdad de oportunidades y acceso universal, normalización, inclusión escolar e integración social, flexibilidad, interculturalidad y coordinación entre administraciones».
c) Por último, pone como condición previa la aprobación del Programa por parte de los Claustros de Profesores para poder participar en el Proyecto. De esta forma pretende descargar en los mismos el hecho de que en muchos Centros no se ponga en marcha, cuando tiene potestad suficiente para llevarlo a cabo sin el consenso de aquellos.
Lo dicho. Como los malos estudiantes: tarde, mal y echando la culpa a los demás».
Alfonso C. de Ancos Benavente es profesor del IES Universidad Laboral (Toledo).