Una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Toledo ha reconocido que una trabajadora del sector de ventas no percibía los incentivos que le correspondían. El sindicato de Comisiones Obreras denunció el hecho y la resolución judicial ha reconocido que se ha cometido «una infracción del principio de igualdad» con la trabajadora. La empresa está obligada a abonar todos los incentivos que no ha cobrado más un 10% de bonificación por los perjuicios causados.
La empresa dejó de pagar las primas después de que la trabajadora estuviese de baja por maternidad. Rosario Martínez, secretaria de Mujeres y políticas LGTBI de Comisiones Obreras CLM, ha afirmado que «la maternidad no puede ser un motivo de penalización en el desarrollo de la actividad profesional ni suponer una merma de sus retribuciones salariales».
Era la única persona sin cobrar incentivos
La afectada comenzó a trabajar en la empresa en 2016 y hasta 2019 percibió todos los incentivos. A partir de 2019, cuando la trabajadora pidió una baja por maternidad y más tarde una excedencia por el cuidado de hijos, y tras su incorporación a la empresa, dejó de recibir la cuantías que sí recibían sus compañeros.
La afectada era la única persona que no recibía los incentivos, pese a realizar las mismas funciones que el resto de sus compañeros. Por ello, la sentencia reconoce que existe una «infracción en el principio de igualdad(…) en relación a sus compañeras de la misma categoría profesional».