El Tribunal Supremo le ha negado a la familia de la niña Cristina Martín, asesinada en Seseña (Toledo) por otra menor en abril de 2010, la reclamación de una indemnización que le hizo al Estado, en una resolución que confirma la negativa que ya adoptó el Gobierno en 2012. Los padres reclamaron una indemnización al Gobierno como compensación por los daños y perjuicios sufridos con el argumento de que la legislación española incumple las obligaciones que la normativa comunitaria impone en relación con las víctimas de delitos violentos y, en concreto, para el caso de que la familia no dependa económicamente de la persona asesinada.
La niña tenía 13 años cuando fue asesinada en un crimen por el que el Juzgado de Menores de Toledo otorgó a los padres de Cristina una indemnización de 300.000 euros, la máxima cantidad que pedían, cantidad de la que debía hacerse responsable la autora material del delito, condenada junto a otra menor, encubridora.
Sin embargo, la familia de la autora de los hechos se declaró insolvente para hacer frente a la indemnización, razón por la cual la familia de la víctima acudió al Estado.
El Supremo responde que la legislación española no incumple las normas comunitarias, como reclaman los padres de Cristina, pues la UE prevé que el Estado indemnice a «las personas que estuvieran a cargo de una persona fallecida» a causa de un hecho violento delictivo.
Es decir, que el Estado español sólo estaría obligado, dice el Supremo interpretando las normas europeas, si se tratara de familiares dependientes de la víctima, lo que no sucede en este caso (al tratarse de una menor).
La Sala de lo Contencioso del Supremo recuerda en su sentencia que las leyes comunitarias y españolas no obligan al Estado a asumir, ni directa ni subsidiariamente (al ser insolventes los responsables directos, la familia de la menor que asesinó a Cristina) la indemnización reclamada.
Tampoco puede extenderse, añade el alto tribunal, el régimen previsto para las víctimas del terrorismo al resto de los delitos, «por muy abominables que sean», dice también la sentencia.
La autora del crimen fue condenada a cinco años de internamiento y otros tres de libertad vigilada por un delito de asesinato con alevosía, mientras que otra compañera fue condenada por encubrimiento a dos años de internamiento en régimen semiabierto.
Después de que las chicas confesaran los hechos, las partes alcanzaron un acuerdo en cuanto a la aplicación de la máxima pena que contempla la ley del menor, si bien discreparon en lo referente a la indemnización.
Cristina Martín de la Sierra fue encontrada muerta por la Guardia Civil cuatro días después de su desaparición el 31 de marzo de 2010 en una antigua cantera de yeso a las afueras de Seseña, lugar donde la presunta autora del crimen y la fallecida, que no tenían buenas relaciones, se citaron para hablar.
Durante la discusión, la presunta autora del crimen, la agarró del cuello y tras tirarla al suelo le golpeó la cabeza con una piedra para finalmente asestarle varios cortes en la muñeca que le hicieron morir desangrada en una agonía que pudo durar entre dos y tres días.
LOS PADRES ESTUDIAN SI RECURRIR LA SENTENCIA
Por su parte, los padres de Cristina Martín van a estudiar las posibilidades de recurrir la sentencia.
Tanto Francisco Martín, el padre de la menor asesinada, como su abogada, María Ponte, han indicado que han de ver «los pro y los contra» de un eventual recurso, que de perderlo podría conllevar el pago de las costas.
El padre de Cristina ha indicado, no obstante, que la sentencia del Supremo no les ha pillado de sorpresa, ya que se produce después de la negativa del Estado en 2012, aunque estudiarán las posibilidades «de llevar a buen término por lo que luchamos».
Preguntado por el estado anímico en que se encuentra la familia, Francisco Martín ha indicado que «hacen de tripas corazón, aunque la procesión va por dentro» y que le «mantiene fuerte el hecho de estar trabajando».
No obstante, le preocupa el hecho de que dentro de poco más de un año la joven condenada, de 14 años, CH.H.S., salga del centro de internamiento en el que está, ya que por lo que le han dicho «no hay signos de que haya mejorado su comportamiento».