El Tribunal Supremo ha anulado el Plan de Ordenación Urbana (POM) de Toledo, al desestimar el recurso de casación interpuesto por el Consistorio, confirmando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), informó el diario La Tribuna de Toledo.
El TSJCM anuló el POM por no haber sacado el documento a información pública tras introducir en el mismo «modificaciones sustanciales».
El Tribunal Supremo ha ratificado así la anulación del POM.
El Ayuntamiento de Toledo, como anunciaba ayer el concejal de Urbanismo Javier Nicolás, va a presentar ahora un recurso de amparo del Tribunal Constitucional ya que considera que la Ley de Ordenación del Territorio de CLM actualmente en vigor exige un único periodo de información pública.
Por contra, el Tribunal Supremo ha estimado en su fallo que una modificación sustancial del planeamiento aprobado inicialmente obliga a un segundo periodo de información pública.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso del Supremo condena al Ayuntamiento de Toledo a pagar las costas del proceso.
Tras los cambios significativos que introdujo el Ayuntamiento el número de viviendas nuevas pasó de 30.000 a 50.000, con el consiguiente aumento del terreno urbanizable, infraestructuras, etc.