El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha hecho público un auto ejecutorio por el que considera responsable a la Junta de Comunidades de abonar el justiprecio que se debe pagar por unos terrenos expropiados para construir el Aeropuerto de Ciudad Real.
En auto, dictado por la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo y al que ha tenido acceso Efe, responsabiliza a la Junta de Comunidades del pago de 64.110 euros a un propietario de unos terrenos expropiados para la construcción del Aeropuerto de Ciudad Real, que en su día recibió una cantidad inferior al valor real de los terrenos.
La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación, fundamenta esta resolución en otro auto publicado por la misma sala el 30 de mayo, por el que el Gobierno regional tendrá que asumir una indemnización de 1.608.477 euros.
Tanto en un caso como en otro, la sala del TSJCM declara responsable a la Junta frente a los propietarios que reclamaron que esta institución de manera subsidiaria se hiciera cargo del pago del justiprecio, una vez que se acordó abrir la fase de liquidación y la disolución de CR Aeropuertos.
Los propietarios reclamaron judicialmente a la Junta su responsabilidad, después de que la empresa propietaria del Aeropuerto de Ciudad Real no pudiera hacer frente a estos pagos porque está en suspensión de pagos.
El auto considera que la situación de insolvencia del aeropuerto es suficiente «para que entre en juego la responsabilidad subsidiaria de la Administración, sin perjuicio de las acciones que ésta pueda ejercer contra la beneficiaria».
El TSJCM en su sentencia ha tenido en cuenta la resolución que en su día estimó el Tribunal Supremo en la que condenó al Estado a pagar las indemnizaciones a los expropiados de los terrenos de las autopistas de peaje de las radiales de Madrid, en cuyo caso también las empresas concesionarias fueron declaradas en concurso de acreedores, para fundamentar en parte su resolución.
El auto rechaza los alegatos de la Administración regional, que declinaba la responsabilidad de la Consejería de Fomento en este procedimiento al advertir que fue el Jurado Regional de Valoraciones quien tomó esa decisión.
El TSJCM también rechaza la defensa de la Junta de la calificación como Proyecto de Singular Interés (PSI) para fijar un precio inferior de los terrenos.