La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJ-CLM) ha considerado que está acreditada la bajada de salarios que decretó el anterior gobierno regional, presidido por José María Barreda, ya que la situación era excepcional. La sentencia, facilitada por el TSJ-CLM y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, desestima el recurso del sindicato CSIF contra el decreto de reducción de gastos de personal de la Junta.
El TSJ-CLM afirma que no le corresponde a este organismo juzgar «los criterios de oportunidad de las políticas practicadas por el Gobierno, así como sobre su mayor o menor acierto».
Subraya que sí están obligados a valorar si concurrían o no las razones de extraordinaria y urgente necesidad para la ejecución de estas medidas y añade la sentencia que la respuesta «es necesariamente positiva, puesto que si no se hubieran acometido urgentemente medidas orientadas a la reducción radical del déficit público puede asegurarse que los ataques especulativos» contra la economía de España «se habrían intensificado».
El sindicato CSIF entendía que se vulneraba el principio de igualdad, en cuanto a la reducción del 5 por 100 para los empleados públicos respecto al resto de trabajadores por cuenta ajena.
Pero la sala defiende, en su sentencia, que la ley puede modificar, siempre que se respete el contenido esencial del derecho a la negociación colectiva, un convenio colectivo vigente.
Esta modificación, según la sentencia, deberá estar obligatoriamente razonada y considera que «la extraordinaria y urgente necesidad de las reformas» se justifica por la situación de la administración y porque «los gastos de personal de la administraciones públicas constituyen una parte significativa de los gastos corrientes».