El Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) al pago de una indemnización de 6.000 euros a una paciente por falta de información por parte de los servicios médicos del Hospital General Nuestra Señora del Prado de Talavera de la Reina (Toledo) sobre los riesgos de una cesárea en 2008.
El procedimiento ha sido tramitado por los servicios jurídicos de la asociación ‘El Defensor del Paciente’, la cual ha explicado en nota de prensa que la mujer, de 38 años de edad, fue sometida a cesárea por parto prolongado y desproporción pélvica cefálica el 28 de julio de 2008, «sin ser informada de los riesgos de la intervención».
Asimismo, la asociación ha informado de que en el postoperatorio inmediato evolucionó con fuerte dolor, distensión abdominal, fiebre y salida de contenido fecaloideo por la herida quirúrgica, motivo por el que tuvo que ser intervenida de nuevo.
Se comprobó entonces que al cerrar la herida quirúrgica de la cesárea se había producido la sutura del intestino delgado, que había ocasionado una peritonitis fecaloidea.
Desde la asociación han afirmado que la paciente nunca fue informada de la posibilidad de que se produjera en el cierre de la laparotomía de cesárea una perforación del intestino delgado con material de sutura.
Según la sentencia, «en el documento de consentimiento informado no existe identificación ni firma del profesional que facilita la información, no consta fecha y entre los riesgos derivados de la cirugía no se hace mención a la lesión de asas intestinales.
Igualmente, añade que la paciente «no fue informada ni verbalmente ni por escrito de la rotura del asa intestinal».
De esta manera, condena únicamente al pago del daño moral autónomo que supone no informar, aunque no existiera otra opción que la cesárea, pero no indemniza las lesiones al considerar que «la sutura del intestino no supuso mala praxis» y que «no se pueden indemnizar las mismas lesiones porque no había más alternativa que la cesárea».