viernes, 27 de septiembre de 2024
01/12/2014junio 8th, 2017

El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) ha afirmado hoy que la sentencia del Tribunal Supremo que anula su Plan de Ordenación de Recursos Humanos sobre la jubilación forzosa de los médicos a los 65 años no tendrá impacto económico ni generará modificaciones en la política de recursos humanos.

En un comunicado, el Sescam ha aseverado que la jubilación de los profesionales del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha se declarará al cumplir la edad de 65 años, tal y como se ha venido haciendo hasta el momento, y además ha añadido que así viene regulado en las normativas estatal y autonómica.


De este modo, ha incidido en que la sentencia no tendrá impacto económico ni generará ninguna modificación en la política de Recursos Humanos que se realiza en el Sescam, que tiene como principal objetivo «buscar la sostenibilidad del sistema y facilitar que los profesionales jóvenes puedan relevar a aquellos que ya han prestado sus servicios hasta los 65 años de forma satisfactoria».

También ha destacado que, anualmente, el Sescam realiza una convocatoria de eméritos para que algunos los profesionales jubilados puedan seguir aportando su conocimiento y experiencia al sistema sanitario.

El Sescam ha recalcado que con la jubilación a los 65 años se cumple con la normativa estatal, que en el artículo 26.2 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco dice que «la jubilación forzosa se declarará al cumplir el interesado la edad de 65 años».

Por otra parte, en el ámbito de Castilla-La Mancha tanto la Ley 6/2012 y posteriormente la ley 10/2013, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2014, establecen como regla general no prolongar la permanencia en el servicio activo una vez alcanzada la edad de jubilación forzosa. 

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