viernes, 27 de septiembre de 2024
Un mediador inmobiliario de Alcázar 10/02/2015junio 8th, 2017

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a J.L.R.S. a la pena de dos años de prisión como autor responsable criminalmente de un delito continuado de estafa.

También ha sido condenado a indemnizar respectivamente a los herederos de J.F.S.M.N. en 11.000 euros y a S.P.L. con 6.000 euros, más los intereses legales desde que le entregaron el dinero que fue objeto de la estafa.


Según el auto dado a conocer hoy, el acusado, en su condición de mediador inmobiliario cuando tenía una oficina abierta al público en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), había intervenido en la celebración de dos contratos de compraventa, en diciembre de 2007, por los que J.F.S.M.N. adquiría dos viviendas situadas en Las Balsitas (Murcia), por las que cobró la comisión correspondiente.

Igualmente, por idéntica razón y en similares circunstancias, había participado en el contrato de compraventa, celebrado en 2005, entre S.P.L. y un grupo inmobiliario por el que el primero adquirió una vivienda familiar adosada en el conjunto residencial los Almendros de Bonalva, de Playa San Juan (Alicante).

Según quedó demostrado en la vista, cuando se encontraba próxima la fecha de otorgamiento de las referidas escrituras públicas de compraventa, ambos clientes decidieron cancelar sus compras, por lo que el acusado les exigió por realizar las gestiones necesarias 11.000 y 6.000 euros, respectivamente, cantidad que no era necesario abonar y que el acusado no pensaba realizar a las inmobiliarias a las que estos iban a adquirir los inmuebles.

Los afectados, tras realizar distintas gestiones con las inmobiliarias, pudieron comprobar, tras no obtener respuesta del acusado, que este no había entregado ningún dinero por la anulación de los contratos y que, además, no debía haberles cobrado ninguna comisión de cancelación.

Los denunciantes no lograron que el acusado les devolviera el dinero que les entregó. 

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