domingo, 29 de septiembre de 2024
Condenados a inhabilitación 05/03/2015junio 8th, 2017

El juzgado de lo Penal número 2 de Toledo ha rectificado el tipo penal por el que ha condenado a 7 meses de inhabilitación al exalcalde de Ocaña, José Carlos Martínez Osteso, al actual teniente de alcalde y a tres exconcejales del PP, y los considera autores de un delito de prevaricación urbanística en vez del de prevaricación.

Asimismo, el juzgado ha ampliado con una multa de 4.380 euros la pena de siete años de inhabilitación para empleo o cargo público que ha impuesto a los cinco condenados, según ha indicado hoy en una nota de prensa el PSOE de Toledo


En un auto, el juzgado de lo Penal número ha rectificado el tipo penal de forma que se les condena por un delito de «prevaricación urbanística» en lugar de por un delito de «prevaricación» como figuraba en la sentencia, debido a que durante la redacción de la misma se produjo un «error material e involuntario a la hora de realizar la transcripción», ha añadido.

El PSOE ha aclarado que este auto de complemento de la sentencia fue dictado el pasado 2 de marzo y que responde a la solicitud que al respecto formuló el ministerio fiscal y a la que se adhirió el Partido Socialista como acusación particular en el proceso.

La titular del juzgado de lo Penal número 2 señala que la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que las omisiones o defectos de que pudieran adolecer sentencias o autos podrán ser subsanadas mediante un auto.

En este caso, la juez especifica que «durante la redacción de la sentencia se ha producido un error material e involuntario a la hora de realizar la transcripción de la sentencia, que obliga a que efectivamente se lleve a cabo un complemento de la sentencia, concordante con los hechos que en dicha sentencia se han declarado probados».

Así, rectifica el tipo penal y aclara que los cinco procesados, el exalcalde de Ocaña José Carlos Martínez Osteso, el actual teniente de alcalde, Tomás Vindel, y otros tres exconcejales del PP han sido condenados como autores de un delito de prevaricación urbanística, no de prevaricación como determinó en la sentencia.

Con arreglo a la rectificación, el juzgado ha entendido que procede la imposición de la pena adecuada a dicho tipo penal, por lo que impone a los condenados «la pena de multa de 12 meses con cuota diaria de 12 euros».

El PSOE de Ocaña ha considerado que esta nueva resolución judicial «ratifica que la inhabilitación de ediles del Partido Popular demuestra que los concejales del Partido Socialista que les denunciaron hace 8 años ante la Fiscalía por conceder licencias urbanísticas de forma ilegal, tenían razón».

En este sentido, ha exigido que el actual teniente de alcalde, Tomás Vindel, «acate la sentencia y abandone de forma inmediata el Ayuntamiento, lo que debería haber hecho ya hace más de un mes y no ha hecho aún».

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