Cospedal, declarando durante el juicio que se celebró en Toledo. A la derecha de la imagen, en la televisión, Bárcenas, quien testificó desde prisión.
El extesorero del PP Luis Bárcenas ha recurrido la sentencia de la Audiencia de Toledo que le obliga a pagar 50.000 euros a la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, por vulnerar su derecho al honor, ya que considera que le causa indefensión porque evalúa erróneamente las pruebas.
El abogado de Bárcenas, Francisco Maroto, presentó hace unos días un anuncio de recurso de casación y por infracción procesal ante el Tribunal Supremo, pero finalmente ha dejado sin efecto dicho recurso y ha presentado otro ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, al entender que es el órgano competente.
En su recurso de infracción procesal ante el Tribunal Superior de Justicia, al que ha tenido acceso Efe, el letrado alega que la Audiencia de Toledo causó «indefensión» a Bárcenas porque echó por tierra, sin poder hacerlo, las valoraciones del juez de primera instancia, que en un principio absolvió al extesorero.
Cospedal denunció a Bárcenas ante un juzgado de primera instancia de Toledo por acusarla de haber recibido del PP los dos pagos de 7.500 euros en dinero B que aparecen en sus papeles manuscritos con la supuesta contabilidad paralela del partido, que se publicaron en el diario El País filtrados, aseguraba Cospedal, por el propio extesorero.
El juzgado de primera instancia de Toledo absolvió en cambio a Bárcenas afirmando que él no había sido el autor de la filtración al periódico, pero la secretaria general recurrió a la Audiencia y este tribunal concluyó que había dudas de que lo hubiera hecho, por lo que le condenó.
Maroto considera en el recurso que la sentencia causa «indefensión» a su cliente porque, a la hora de admitir el recurso de Cospedal, la Audiencia Provincial valoró de nuevo las declaraciones de testigos que se hicieron en el juicio, lo que vulnera el principio de inmediación del juez de primera instancia.
El juez de instancia se basó para absolver al extesorero en el testimonio del director del periódico, Javier Moreno, que afirmó en el juicio que Bárcenas no facilitó los documentos al diario, pero la Audiencia apreció luego que sus palabra no fueron lo suficientemente contundentes porque en un principio, tras tomarse unos segundos para responder, el testigo no fue rotundo y dijo: «yo diría que no».
Esa nueva evaluación, según la defensa de Bárcenas, es una «clara apreciación subjetiva» de los jueces de la Audiencia, que no presenciaron el juicio oral, cuando, a juicio del abogado, Moreno habló de forma «clara y contundente» negando la filtración.
Al margen de esto, Maroto insiste en que la Audiencia «no puede entrar a valorar nuevamente» una prueba hecha en el juicio, en este caso la testifical de Moreno, y añade que el juez de primera instancia, que fue el que estuvo presente en la vista, analizó su declaración «de forma coherente, razonada, dentro de la lógica, sin arbitrariedad alguna y basándose en su sana crítica».
En el caso de que este recurso sea denegado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la defensa de Bárcenas se plantea presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.