El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado la excepcionalidad en los tiempos de conducción y descanso de los transportistas, con el objetivo de amortiguar el impacto de la DANA en el sector del transporte de mercancías por carretera.
Las excepciones temporales del cumplimiento de estas normas se aplicarán hasta el próximo 10 de noviembre, a los conductores que hayan participado en las operaciones de Andalucía, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha, o desde cualquier parte del territorio para realizar el suministro y abastecimiento en las zonas afectadas por la DANA, según ha informado la patronal logística UNO.
Durante este periodo, el límite de conducción diaria pasa de un máximo de 9 horas a 11 horas, el límite de conducción semanal pasa de un máximo de 56 horas a 60 horas, y el límite de conducción bisemanal pasa de un máximo de 90 horas a uno de 102 horas.
Por su parte, el descanso mínimo diario pasa de 11 horas a 9 horas y se establece la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis períodos de 24 horas.