El PSOE ha informado hoy de que el Tribunal de Cuentas ha condenado al alcalde de Viso del Marqués y candidato a su reelección por el PP, Alfonso Toledo, por considerar que se gastó al menos 1.284 euros de dinero público en consumiciones.
El órgano fiscalizador incluye también a los tres tenientes de alcalde, Benito Huertas, Cándido Victoria y María José de la Gama, y al anterior regidor, Luis Julián Camacho, como responsables directos del perjuicio económico causado en los fondos del Consistorio, obligándoles a reintegrar las cantidades mas los intereses legales correspondientes.
Además de considerar que «gastarse más de 1.284 euros en consumiciones que nada tienen que ver con actos del Ayuntamiento es poco ético e impropio de gestores públicos», el PSOE cree que «unos condenados por manejar los fondos públicos de forma gravemente negligente están inhabilitados para seguir gestionando el Consistorio».
Los hechos se remontan al 5 de noviembre de 2014, fecha en la que los concejales del Grupo Socialista presentaron una denuncia ante el Tribunal de Cuentas por entender que entre los 15.814,34 euros que la Corporación gastó en consumiciones en un restaurante de la localidad, unos 2.817,59 euros no estaban debidamente justificados, hasta el punto de que carecían incluso de la firma del alcalde o concejal responsable del gasto.
Se trata de 11 facturas correspondientes a los años 2008, 2009 y 2011 que oscilan entre los 17,10 euros y los 874,49 euros y que el Tribunal de Cuentas considera no justificadas, al carecer de firma de visado de autoridad municipal en seis facturas de las denunciadas, aunque reconoce que hay más y que para incluirlas debería ampliarse la denuncia, siempre según el PSOE.
El Tribunal de Cuentas admitió a trámite la demanda el 26 de noviembre de 2014 y el 13 de enero de 2015 se celebró el juicio, aunque ha sido ahora cuando se ha conocido una sentencia en la que, entre otros fundamentos, el órgano fiscalizador entiende que «el perjuicio a los fondos públicos se deriva de la ausencia de acreditación de que los gastos en concepto de consumiciones diversas efectuados se correspondan con el ejercicio de funciones institucionales».