domingo, 29 de septiembre de 2024
El acuerdo finalizó en 2011 19/04/2015junio 8th, 2017

El juzgado contencioso-administrativo número 2 de Toledo ha desestimado la demanda del Hospital Tres Culturas por la que solicitaba al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) que cumpliese el convenio firmado con el anterior Gobierno socialista, al entender que el acuerdo finalizó en 2011.

Fuentes del Sescam han indicado a Efe que la suspensión del convenio por parte del actual Gobierno regional ha supuesto «una reducción del coste cercana a los 20 millones de euros» y han defendido que ahora la gestión es «más eficaz», se atiende la demanda en función de las necesidades y los pacientes «están siendo mejor atendidos».


En su demanda, el centro hospitalario, perteneciente a la empresa Ibérica de Diagnóstico y Cirugía (antigua Capio), pedía al Sescam que cumpliese el convenio singular firmado el 19 de septiembre de 2008 por el que se pagaba anualmente a la clínica más de cuatro millones de euros por la prestación de servicios sanitarios.

El convenio establecía una vigencia de 3 años e incluía la posibilidad de prorrogarlo durante tres años más y, posteriormente otros dos años, prórroga que el Hospital Tres Culturas entendía en su demanda que se había producido.

Sin embargo, la sentencia del juzgado contencioso-administrativo número 2 de Toledo, a la que ha tenido acceso Efe, da la razón al Sescam y argumenta que esa prorroga no se produjo porque «no se ha acreditado por ningún medio probatorio que existiera una voluntad expresa de las partes» ni «existe el informe de la Comisión de Seguimiento», necesario para la continuidad del convenio.

No obstante, el juez reconoce que tras la finalización del convenio, que expiró automáticamente el 19 de septiembre de 2011, se produjo una situación «anómala e irregular», ya que se continuó durante seis meses con contraprestaciones por ambas partes.

El Sescam continuó enviando pacientes y remitiendo personal propio desde septiembre de 2011 hasta abril de 2012.

Pero en su sentencia, fechada el 31 de marzo de 2015, el juez afirma que esta situación no supone «una prórroga tácita» del convenio, desestima el recurso del centro hospitalario y le condena al pago de las costas.

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