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sábado, 22 de febrero de 2025
Una intervención en el hospital Virgen de la Luz.
Una intervención en el hospital Virgen de la Luz.
En Cuenca - 21 febrero 2025 - Toledo

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado la primera sentencia en Castilla-La Mancha, y la primera firme de toda España, que reconoce el permiso parental retribuido para el cuidado de un hijo menor de 8 años y abre las puertas a multitud de reclamaciones.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, a 27 de enero, que es firme y ante la que no cabe recurso, se suma a la única lograda anteriormente en España, también por CSIF, en diciembre de 2024 para un trabajador del Ayuntamiento de Barcelona, que todavía no es firme y ha sido recurrida por el Consistorio.


La afectada, una facultativa del Hospital Virgen de la Luz de Cuenca

La afectada, una facultativa del Hospital Virgen de la Luz de Cuenca, había solicitado un permiso parental de cuatro semanas para el cuidado de un hijo menor de 8 años desde el 15 de octubre de 2024.

A pesar de la Directiva europea (UE) 2019/1158, que reconoce hasta 8 semanas de permiso parental retribuido, la Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Cuenca denegó este derecho amparándose en la “falta de desarrollo reglamentario” de la norma europea en la legislación española.

La sentencia fundamenta que las disposiciones de la Directiva europea (UE) 2019/1158 “son incondicionales, suficientemente claras y precisas”, y añade además que “el permiso parental debe ser retribuido”. Asimismo, afea al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) señalando que no es determinante el hecho de no haberse desarrollado reglamentariamente las condiciones del permiso, puesto que dicho retraso es imputable a la Administración.

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«La GAI de Cuenca no dio opción de disfrutar el permiso»

“La solicitante no tiene por qué sufrir las consecuencias derivadas del retraso en el desarrollo reglamentario de la Directiva”, explica la sentencia. Es más, la GAI de Cuenca no dio opción de disfrutar el permiso, incluso sin ser remunerado, aunque fuera imperativa su concesión.

El Gobierno español, mediante el Real Decreto Ley 5/2023, traspuso de manera parcial la normativa europea sin expresarse sobre el desarrollo de este derecho con carácter retribuido. De esta forma, se condena al Sescam a indemnizar a la trabajadora con daños morales derivados de la privación del permiso con el salario que hubiera percibido en las cuatro semanas correspondientes al permiso que había solicitado.

La responsable de los servicios jurídicos de CSIF Castilla-La Mancha, Ángela Esteban, destaca: Esta sentencia supone un nuevo varapalo de la justicia al Gobierno, que debe dictar las instrucciones oportunas sobre la obligatoriedad de esta retribución, tanto en las administraciones públicas como en el sector privado”.

«El permiso debe ser de 8 semanas»

De hecho, el PSOE registró precisamente este miércoles 37 enmiendas al Proyecto de Ley de Función Pública, entre las cuales recoge la retribución durante dos semanas de este permiso parental. Para CSIF es intolerable e inaceptable: el permiso retribuido debe ser de ocho semanas, tal y como marca la directiva europea y como determinan las sentencias. “Esperemos que el Gobierno rectifique, o entra en razón o tendrá que afrontar centenares de indemnizaciones”, añade Esteban.

«Incumplimientos reiterados de la GAI de Cuenca»

CSIF mantiene varias reclamaciones sobre denegaciones de medidas de conciliación por parte del gerente de la GAI de Cuenca y de hecho ya hay señalados otros cinco juicios por este motivo que afectan a trabajadores del Hospital Virgen de la Luz.

De hecho, la Central Sindical ya logró en 15 de julio de 2024, también en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, otra sentencia condenatoria sobre permiso de cinco días para cuidado de familiar. La GAI lo había denegado “por no acreditar suficientemente la necesidad de reposo domiciliario” cuando la trabajadora afectada debía cuidar de su padre, de 83 años de edad, tras una operación.

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