Ni más ni menos que a 219 kilómetros por hora. Un conductor de 30 años ha sido «cazado» por un radar móvil en la provincia de Guadalajara, en las proximidades de la salida de la A-2 de Iriépal.
Agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Guadalajara, han investigado a este conductor como presunto autor de un delito contra la Seguridad Vial, por circular superando los límites de velocidad establecidos.
Ocurrió el domingo 23
El conductor fue interceptado el domingo 23 de febrero, en torno a las 14:30 horas por un equipo de radar del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Guadalajara, que realizaba un punto verificación de velocidad a la altura del kilómetro 57,400 de la Autovía del Nordeste, en las proximidades de dicha salida en dirección al municipio de Iriépal.
Ahí detectaron a un coche de alta gama circulando a 219 kilómetros por hora, rebasando, por tanto, en 99 kilómetros por hora el límite de velocidad establecido para el tramo de autovía por el que transitaba.
Detenido el vehículo e identificado su conductor, un hombre de 30 años y de nacionalidad española, la Guardia Civil instruyó las correspondientes diligencias en las que se procedió a su investigación por un supuesto delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo a motor superando los límites de velocidad establecidos, que fueron entregadas en el juzgado de instrucción en funciones de guardia de los de Guadalajara.
Consecuencias penales
Circular a velocidad superior a la permitida reglamentariamente, rebasando en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana, puede constituir un delito contra la seguridad vial y, caso de ser condenado por la autoridad judicial competente, podría enfrentarse a alguna de las penas descritas en el art. 379 del Código Penal, siendo castigado con prisión de tres a seis meses o con la multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cinco años.