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sábado, 5 de abril de 2025
Tabaco intervenido a un vecino de Hellín (Albacete). Foto: Guardia Civil Albacete
Tabaco intervenido a un vecino de Hellín (Albacete). Foto: Guardia Civil Albacete
Las mercancía se va a destruir - 04 abril 2025 - Toledo

Efectivos del Destacamento de Fiscal y Fronteras de la Comandancia de la Guardia Civil de Albacete han denunciado a un vecino de Hellín (Albacete), tras intervenirle en la furgoneta que conducía 5 kilos de picadura de tabaco y 50 cajetillas de tabaco que carecían de las preceptivas precintas fiscales.

En nota de prensa de este viernes, la Benemérita ha explicado que este hombre ya había sido denunciado anteriormente por infracciones a ley de Contrabando e Impuestos Especiales al realizar labores de importación, exportación, comercio, tenencia, circulación de géneros estancados o prohibidos.


Actuaciones

La actuación policial tuvo lugar en el trascurso de un dispositivo operativo de Seguridad Ciudadana realizado por la Guardia Civil de Albacete en las proximidades de la localidad albaceteña de Hellín, con el objetivo de controlar la circulación de personas y vehículos sospechosos de traficar con drogas y cometer delitos contra el patrimonio o relacionados con el contrabando.

Tras la parada de un turismo, que resultó sospechoso a los agentes que formaban parte del operativo, se procedió a la identificación de su único ocupante, que mostró una actitud nerviosa, lo que llevó a los agentes de servicio a inspeccionar el interior, localizando en el maletero cinco bolsas que contenían un kilo de picadura de tabaco cada una, además de 50 cajetillas de tabaco, careciendo todas ellas de los precintos reglamentarios de la Agencia Tributaria.

Venta de labores de tabaco

La picadura de tabaco, también conocida como ‘tabaco de liar’, son hojas de tabaco cortadas o fraccionadas y secadas en forma de hilo, quedando prohibida su venta entre particulares al tratarse de un género estancado, pudiendo comercializarse únicamente a través de los puntos de venta autorizados.

Cabe recordar que se comete infracción administrativa cuando el valor de la mercancía es inferior a 15.000€, considerándose delito de contrabando cuando se supere esa cantidad, que puede llevar aparejadas penas de prisión entre uno y cinco años.

Al supuesto infractor se le han formulado actas-denuncias por infracciones recogidas en la Ley 12/1995 de Reprensión del Contrabando y Ley 38/1992 de Impuestos Especiales.

El tabaco intervenido ha quedado depositado en dependencias del Comisionado del Mercado de Tabacos, dependiente de la Agencia Tributaria albacetense, para su posterior destrucción.

Enclm

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