El Tribunal Constitucional ha dado la razón al Ayuntamiento de Toledo en su posición sobre la legalidad del Plan de Ordenación Municipal (POM) de 2007, tal y como les adelanta encastillalamancha.es. Era la tesis que han defendido tanto Emiliano García-Page cuando era alcalde como la actual alcaldesa, Milagros Tolón, y a la que se ha opuesto el PP.
El polémico POM de 2007 se ha quedado completamente anticuado y ya se trabaja en rehacerlo, pero la sentencia del Constitucional da un importante respiro al Ayuntamiento, ya que desde algunos sectores se había especulado con la idea de que el Ayuntamiento tendría que haber pagado indemnizaciones millonarias si el Constitucional hubiera fallado en contra.
El fallo tumba las sentencias anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM)y del Tribunal Supremo. El Tribunal Constitucional, en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, falla «declarar la nulidad de la sentencia de la Sección Primera de lo Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCLM de 26 de julio de 2011, recurso contencioso-administrativo número 556-2007, así como la sentencia de 27 de febrero de 2014 y el auto de 15 de julio de 2014 dictados en el recurso de casación número 207-2011 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo».
Setencia que también ordena «retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al señalamiento para votación y fallo del recurso número 556-2007, para que el TSJCLM dicte nueva sentencia respetuosa con los derechos fundamentales vulnerados».
EL VOTO PARTICULAR DE UN MAGISTRADO QUE MUESTRA «MI DISCREPANCIA CON EL FALLO»
Hay una excepción, la del voto particular que ha formulado el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos a la sentencia. Puesto que afirma su discrepancia «con la fundamentación jurídica y el fallo de ésta, que entiendo hubiera debido de ser desestimatorio».