El nuevo titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ciudad Real que gestiona la venta del Aeropuerto de Ciudad Real, Carmelo Ordóñez, ha dejado en suspensión el proceso de subasta del aeropuerto de Ciudad Real.
Según ha dado a conocer el juez en una providencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el juez ha señalado, que una vez estudiada toda la documentación pertinente relativa al estado del procedimiento concursal, «se abre incidente de nulidad de actuaciones con respecto al proceso de venta a través de subasta pública del aeropuerto».
Este incidente de nulidad implica que el proceso de subasta queda en suspenso a la espera de que se resuelva en función de la documentación requerida por el juez a las diferentes partes implicadas y tras el estudio de esta documentación, el proceso podría quedar declarado nulo o no.
El juez señala que son dos las razones que han motivado su decisión.
Por un lado, plantea «si la unidad productiva unitaria a enajenar, esto es el aeropuerto, es o era divisible, y en caso de que así fuera, si para esa segregación se había contado con las preceptivas autorizaciones legales y administrativas», algo que entiende el magistrado que «de no haberse producido esas autorizaciones se podría inferir en la nulidad de pleno derecho de lo actuado».
Así mismo, el juez considera que en cuanto a la concreción del objeto sacado a subasta, «podría ser vago, impreciso e indeterminable a la vista de la delimitación y descripción de los bienes que salen a subasta».
La apertura del incidente de nulidad lleva consigo dejar en suspenso el proceso actual de venta, esto es la subasta, hasta que sea resuelto dicho incidente de nulidad a través de resolución firme.
La tramitación del incidente de nulidad no afecta al proceso de compra directa y no impide por tanto que se puedan presentar propuestas de compra, incluyendo las que puedan hacer los postores u ofertantes que han participado en el proceso de subasta pública.
El juez ha indicado que las ofertas de compra se dirigirán directamente al juzgado y serán entregadas al magistrado para su supervisión y control, de las que se dará cuenta a la administración concursal.
De la apertura del incidente de nulidad se ha dado traslado al Ministerio Fiscal, a la administración concursal, a los acreedores, a la empresa concursada y a los pujadores y ofertantes para que en el plazo de treinta días hábiles presenten alegaciones.
Así mismo, se ha dado traslado también de la documentación pertinente a las administraciones estatales, autonómicas y locales, y a todos aquellos organismos públicos, como el Ministerios Medio Ambiente, Defensa y Fomento, así como a la Dirección General de Aviación Civil y la Agencia Española de Seguridad Aérea que intervinieron en la gestión de la infraestructura del aeropuerto, a fin de que informen en el plazo de veinte días sobre la divisibilidad de la unidad aeroportuaria y sus condiciones legales.
La providencia del magistrado ordena también la inmediata devolución de las cantidades que se hubieran consignado en la subasta y la posterior mejora de pujas, así como los avales, todo ello con el fin exclusivo de evitar perjuicios a los pujadores y ofertantes que participaron en el proceso.
Cantidades y avales que se tendrán por presentados y en vigor a la fecha del dictado de esta providencia, para el supuesto de que finalmente no fuera acordada la nulidad.
Todo ello, con independencia de la valoración que finalmente se haga de esas cantidades y avales en cuanto a si los mismos reunían los requisitos para pujar y ofertar válidamente para el supuesto de que no fuera acordada la nulidad.
La providencia, señala el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, es firme y no cabe recurso.