lunes, 25 de noviembre de 2024
Dictamen 20/01/2016junio 7th, 2017

La Fiscalía de Ciudad Real ha emitido, a instancias del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y con competencia en lo Mercantil, un dictamen en el que considera que debe declararse nula la subasta pública por la que se pretendía vender el Aeropuerto de Ciudad Real.

De este modo, el Ministerio Fiscal se suma a la petición de nulidad de la subasta del aeropuerto que hace una semana respaldó la Abogacía del Estado.


El escrito, firmado por el fiscal Jesús Gassent y al que ha tenido acceso Efe, mantiene que la venta en los términos propuestos por la administración concursal y aprobada judicialmente «no sería factible».

En su escrito recoge que se da la circunstancia de existir «indefensión concurría» durante el proceso de la subasta, puesto que existía «un interés legítimo general» que no sólo afectaba a los postores que participaron sino a cualquier otra persona o entidad interesada.

Estima que en tanto que concurren «la imposibilidad de venta en los términos en que se recogen en la providencia e indefensión, debería declararse la nulidad de la providencia de 10 de abril del 2015 y en consecuencia sus actuaciones consiguientes.

La Fiscalía también reflexiona sobre si es posible o no la venta parcial del aeropuerto como proponían los administradores concursales y señala que es una posibilidad admitida por la Ley Concursal.

Sin embargo, advierte de que el Aeropuerto de Ciudad Real fue considerado un Proyecto de Singular Interés (PSI) y por lo tanto la división o segregación sería posible si se ajustara a la normativa, siendo para ello necesario «la modificación del PSI para adaptar la misma a las determinaciones de la normativa de Castilla-La Mancha».

Cabe recordar que la administración concursal estimó adecuado la enajenación separada como explotación unitaria aeroespecializadas de, por una parte la explotación aeroportuaria constituida por el Aeropuerto de Ciudad Real y, y por otra parte, como explotación inmobiliaria, los terrenos que rodean dicho aeropuerto.

Finalmente, fue objeto de la subasta judicial el Aeropuerto de Ciudad Real y los terrenos propiedad de la concursada de uso exclusivamente agrario que iban a ser destinados para cumplir las obligaciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental, excluyéndose todo el terreno de uso industrial aeroportuario así como los terrenos de uso agrario no necesario para cumplir con las obligaciones medioambientales.

Por otro lado, cabe resaltar que el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil, Carmelo Ordóñez, ha dictado una providencia por la que concede un plazo improrrogable de cinco días para que las partes del proceso de liquidación y venta del aeropuerto puedan completar los informes de alegaciones que presentaron, una vez conozcan el informe del fiscal.

En la providencia, el juez ordena dar traslado también al Banco Castilla La Mancha, a fin de que pueda formular sus propuestas, por ser uno de los principales acreedores de la sociedad CR Aeropuertos.

Tras este plazo, el juez señalada que una vez que los «autos que sobre su mesa», concluirá resolviendo el incidente de nulidad que se abrió a raíz de la subasta del Aeropuerto de Ciudad Real. 

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