sábado, 23 de noviembre de 2024
Aparcamiento de Espadería Suárez 13/02/2016junio 7th, 2017

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo ha condenado a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a pagar las costas del recurso que puso en septiembre de 2013, cuando gobernaba la «popular» María Dolores de Cospedal, contra un acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Toledo, cuando era alcalde el socialista Emiliano García-Page, quien concedió una licencia de obras (y que la Junta quiso que anulara) a la empresa Espadería Suárez para la reforma de muros exteriores y acceso en el Paseo de la Cava 18-20 y en el Paseo del Circo Romano, 24, en la capital regional, tal y como ha podido conocer encastillalamancha.es.

El entonces Gobierno de Cospedal pidió al Ayuntamiento de Toledo que revisara la citada licencia de obras que concedió en noviembre de 2011 a Espadería Suárez y que, además, la anulara porque, afirmaban, los ruidos de los vehículos cuando entraban y salían del patio molestaban a los vecinos. El objetivo de las obras por parte de la empresa era adecuar un patio para que autobuses y coches pudieran entrar en él para aparcar y así poder acceder a su establecimiento.


La Junta de Gobierno Local, reunida en mayo de 2013, decidió rechazar la solicitud de revisión de la licencia que pidió la Junta del PP, por lo que ésta interpuso, en septiembre de ese año, un recurso contencioso-administrativo que ahora el Tribunal ha rechazado, dando la razón al Ayuntamiento de Toledo.

«LA SOLICITUD DE NULIDAD DE LA LICENCIA QUE SE PLANTEÓ «CARECE MANIFIESTAMENTE DE FUNDAMENTO»

La licencia que el ayuntamiento concedió a la empresa contaba con el informe favorable tanto del arquitecto municipal como de la Comisión Técnica del Plan Especial del Casco Histórico. Fue a raíz de unas denuncias vecinales por los ruidos derivados de la circulación de autobuses cuando el concejal de Medio Ambiente dictó una resolución, en abril de 2012, para que se adoptaran las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas.

Pero la Junta, gobernada por el PP, pidió la revisión de la concesión de la licencia al no constar el otorgamiento de la licencia de actividades clasificadas. Revisión que el ayuntamiento rechazó realizar porque no lo consideraba oportuno.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso encastillalamancha.es, se deja claro que la Junta no fundamentó la verdadera concurrencia de una causa de nulidad, «presupuesto ineludible para el ejercicio de tal acción». Y que la licencia que otorgó el Ayuntamiento de Toledo contaba con los requisitos esenciales y no vulneró el procedimiento legal establecido, por lo que la solicitud de nulidad de la licencia que se planteó «carece manifiestamente de fundamento».

Y condena a la administración regional al pago de las costas procesales.

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