domingo, 24 de noviembre de 2024
sanidad castilla-la mancha 11/04/2016junio 7th, 2017

Un mes después de la entrada en vigor de la Orden 9 de febrero de 2016, de la Consejería de Sanidad, de acceso universal a la atención sanitaria en Castilla-La Mancha, a través de la cual se extiende la cobertura de asistencia sanitaria pública a cargo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a las personas extranjeras que residan irregularmente en cualquiera de los municipios de nuestra Comunidad Autónoma, se han recibido 574 solicitudes.

Sanidad ha recibido un total de 574 solicitudes de personas extranjeras en situación irregular para conseguir la tarjeta sanitaria. Hay 112 solicitantes de Marruecos, 54 de Honduras, 42 de Colombia y otros tantos de Nicaragua, 39 de Paraguay e igual número de Senegal, 31 tanto de Venezuela como de Nigeria, 19 de Ucrania, 13 de Perú y así hasta de 43 nacionalidades distintas.


Por provincias, el mayor número de solicitudes se ha registrado en la de Toledo, con 226, seguida de la de Guadalajara, con 109, Ciudad Real, con 99; Albacete, 92 y finalmente, Cuenca con 48 solicitudes.

Para acceder a esta cobertura se crea la Tarjeta para la Atención Sanitaria del Sescam, en las mismas condiciones que el resto de los ciudadanos de Castilla-La Mancha.

Para obtener esta tarjeta se puede cumplimentar la solicitud en formato papel o bien en formato electrónico, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, https://www.jccm.es, o bien de la página web del Sescam, http://sescam.castillalamancha.es.

REQUISITOS

Tienen derecho a la asistencia sanitaria pública y gratuita a cargo del Sescam los extranjeros residentes en Castilla-La Mancha que sean mayores de 18 años, que no se encuentren registrados ni autorizados a residir en España, que estén empadronados con residencia efectiva en algún municipio de la comunidad, que carezcan de recursos económicos suficientes y que no tengan reconocida la condición de beneficiario/asegurado por cualquier Administración pública, que no puedan exportar el derecho a la asistencia sanitaria desde el país de origen y que no puedan acceder a la cobertura sanitaria en el Sistema Nacional de Salud al amparo de los reglamentos comunitarios y convenios internacionales existentes en materia de asistencia sanitaria.

Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España recibirán asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica; y de asistencia al embarazo, parto y postparto. En todo caso, los extranjeros menores de 18 años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.

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