El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha condenado al magistrado Fernando Presencia al considerarle autor de un delito de prevaricación tras dictar, «a sabiendas, una resolución injusta para favorecer a un amigo que estaba imputado en un procedimiento que tramitaba su Juzgado», tal y como ha dado a conocer el TSJCLM.
En concreto, la Sala de lo Civil y Penal le ha condenado a pagar una multa de 12 meses con una cuota de 10 euros diarios, en total 3.600 euros, y a la inhabilitación durante 10 años para el cargo de juez o magistrado.
La resolución injusta que adoptó lo hizo en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales al frente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Talavera. «Resolución que fue dictada por el magistrado para favorecer al imputado en una causa de su Juzgado con el que mantenía una relación de amistad».
Durante 10 años perderá el cargo que ostenta y se le impone la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del poder judicial o fuera del mismo.
Como hechos probados la sentencia recoge que Presencia, durante la tramitación de unas diligencias previas abiertas en su Juzgado por delitos de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro, en un supuesto atropello de un peatón y posterior fuga ocurrida en Talavera, acordó, oralmente y a posteriori a través de un auto, el sobreseimiento provisional del delito de omisión del deber de socorro; y el sobreseimiento libre y transformación a falta por las lesiones imprudentes sin haber practicado las diligencias de prueba solicitadas, hasta en tres ocasiones, por la parte denunciante, como fueron la declaración de un testigo presencial del supuesto atropello y el conocimiento del atestado de la Policía Local.
En la sentencia se cita que el magistrado actuó así «no porque creyera que era lo que procedía conforme a derecho, sino para favorecer al imputado en el procedimiento con el que se ha acreditado una estrecha amistad a la vista de las declaraciones practicadas en el juicio».
Ante esta sentencia se puede presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
PRESENCIA CREE QUE LA SENTENCIA RESPONDE A SU LUCHA «CONTRA LA CORRUPCIÓN»
El magistrado Fernando Presencia cree que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha responde a su lucha «contra la corrupción». Presencia ha asegurado en declaraciones a Efe que está «tranquilo» porque sabe que tiene la razón y que esto se hace para justificar la posición del presidente del TSJCM, Vicente Rouco, al frente de este organismo, pues ha argumentado: «si a mí me absuelven, a él lo tienen que condenar».
«Era de esperar, porque yo acusé a Rouco de ser la X en la corrupción de Castilla-La Mancha», ha indicado el magistrado, quien ha avanzado que la sentencia será recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
En su opinión, la sentencia responde a su «lucha contra la corrupción».
«Hay una relación causa-efecto inmediata, porque la querella que acaba con mi condena se inicia en virtud de una denuncia del fiscal jefe de Talavera, Ángel Demetrio de la Cruz, después de que yo le denunciara ante Fiscalía Anticorrupción», ha argumentado Presencia.
Por ello, ha considerado nula la sentencia, ya que ha señalado que al haber sido denunciado por él, el fiscal no puede actuar como denunciante porque «tiene interés directo», ha aclarado.
Además, el abogado de Presencia, Marcos García Montes, ha añadido en un comunicado que es «una sentencia mordaza en toda regla» y «un atentado contra la independencia de los jueces y contra los ciudadanos que denuncian la corrupción».
García Montes ha recordado que, según el TSJCLM, el titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Talavera, Fernando Presencia, prevaricó cuando decidió no instruir una denuncia en un accidente de tráfico por omisión del deber de socorro y lesiones imprudentes y transformarla en un juicio de falta por imprudencia simple con resultado de lesiones.
Según los magistrados del mencionado tribunal, Presencia tomó esa decisión por su relación de amistad con el conductor del vehículo, el abogado Carlos Lucas Cifuentes, que golpeó a la víctima un día lluvioso de finales de 2013 cuando circulaba por el centro de la ciudad, sin percatarse de lo sucedido.
Además, la sentencia señala que el magistrado acordó «oralmente y a posteriori a través de auto» el sobreseimiento provisional del delito de omisión del deber de socorro y el sobreseimiento libre y transformación a falta por las lesiones imprudentes «sin haber practicado las diligencias de prueba solicitadas».
Pero a juicio de su abogado, Presencia tomó la decisión que consideró más adecuada «en el ejercicio de su potestad jurisdiccional» al resolver que lo sucedido no suponía un supuesto delito de omisión del deber de socorro y sí una imprudencia simple.