El Plan de Ordenación Municipal (POM) de Toledo es plenamente válido y eficaz después de que el Tribunal Constitucional estimara las tres últimas demandas de amparo que presentó el ayuntamiento de la capital regional, tal y como ha podido conocer encastillalamancha.es.
El Tribunal Constitucional ha anulado todas las sentencias dictadas tanto por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) como por el Tribunal Supremo (las tres últimas se notificaron el viernes 24 de junio), que invalidaban el Plan de Ordenación Municipal (POM) realizado por el Ayuntamiento de Toledo en 2007, tal y como ha podido conocer encastillalamancha.es.
Por lo que el POM de la capital regional, en estos momentos, es plenamente válido y eficaz.
UN PROCESO QUE COMENZÓ EN 2011
Todo este proceso comenzó en 2011, cuando el TSJCLM dictó siete sentencias que anulaban el POM de la ciudad de Toledo debido a que no se sometió a un segundo trámite de información pública tras las modificaciones que se introdujeron en el documento, un trámite que exigía la Ley del Estado. A pesar de que el Ayuntamiento de Toledo sí se había ajustado al procedimiento que establecen las leyes de la comunidad autónoma.
El ayuntamiento de la capital regional recurrió entonces todas las sentencias al Tribunal Supremo, quien desestimó todos los recuros de casación, por lo que acudieron al Tribunal Constitucional.
Fue en septiembre de 2015 cuando el alto tribunal estimó la primera demanda de amparo del ayuntamiento y anuló las sentencias dictadas tanto por el TSJCLM como por el Supremo, lo que significaba que el POM seguía teniendo validez y vigencia.
Y en los últimos meses el Constitucional ha resuelto y estimado el resto de demandas de amparo que formuló el ayuntamiento toledano. De hecho, las últimas tres que restaban (de las siete) fueron comunicadas el pasado viernes, todas favorables al ayuntamiento.