La Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) ha puesto en marcha el procedimiento administrativo de apeo y deslinde del dominio público hidráulico del río Guadiana, entre el Molino de Zuacorta y el Molino de Molemocho, en el Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel (Ciudad Real).
Según el anuncio publicado hoy por la CHG en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y consultado por Efe, el proceso de deslinde se llevará a cabo en las dos márgenes del río, sobre una extensión total de 13.500 metros de longitud.
De esta manera, la CHG ejecuta la obligación que le confiere la Ley de Aguas de administrar y controlar el dominio público hidráulico en la cuenca hidrográfica del río Guadiana.
La Ley de Aguas establece que forman el Dominio público hidráulico del Estado, entre otros, los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas, el álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua como el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias.
La determinación de ese terreno, según el reglamento, se debe realizar atendiendo a sus características geomorfológicas, ecológicas y teniendo en cuenta las informaciones hidrológicas, hidráulicas, fotográficas y cartográficas que existan.
La CHG entiende que la «detección de presiones» sobre las márgenes de este tramo de río, motivadas fundamentalmente por actividades agrarias, aconsejan la realización del deslinde y por ello ha incoado el procedimiento administrativo de apeo y deslinde y ha determinado instructor del expediente a la Comisaría de Aguas.
Mientras, ha acordado suspender cautelarmente el otorgamiento de concesiones y autorizaciones que puedan afectar al dominio público hidráulico o dificulten los trabajos que deben realizarse para delimitar este tramo de río.
También ha solicitado a los Ayuntamientos de Daimiel y Villarrubia de los Ojos la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de obras en el tramo afectado.
La decisión de la CHG de iniciar este deslinde se produce después de que hace unos días el emblemático tramo del río Guadiana conocido como ‘Los Ojos del Guadiana’, donde manaban las fuentes naturales que daban origen al tramo medio del río, volvieran a manos del Estado español después de que la CHG recuperara su pleno dominio.
El Estado español recuperó la titularidad del pleno dominio de todas las fincas rústicas incluidas en el deslinde de ambas márgenes del río, en el tramo entre la carretera Daimiel-Villarrubia de los Ojos y Manzanares-Villarrubia de los Ojos.
Estas fincas comprendían una parte importe de los popularmente conocidos como ‘Los Ojos del Guadiana’ que eran adquiridas por inmatriculación.
El tramo deslindado tenía una superficie total de 348,94 hectáreas, todas en la provincia de Ciudad Real, de las que 174,51 se localizan en el término municipal de Villarrubia de los Ojos y 174,43 en el de Daimiel.
Con ello culmina un largo y complejo proceso iniciado en 1983, a solicitud del Patronato del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel e impulsado, en el año 1987, por la CHG, con la apertura del procedimiento de deslinde ante la proliferación de empresas y particulares que habían abierto pozos ilegales para la extracción de turba en el cauce seco.
Un proceso que fue recurrido por tres particulares y a los que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dio la razón en 1990, negando la titularidad pública de este tramo al no existir cauce por no haber río.
La sentencia fue revocada por el Tribunal Supremo (TS) en 1994 al reconocer en su fallo que tanto si era río, como si era laguna, como si constituía zona mixta de río y laguna, la conclusión era siempre la misma: el cauce o lecho es siempre de dominio público, pues lo son los ríos y las lagunas.