El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza al Ayuntamiento de Carrión de Calatrava (Ciudad Real) a realizar una consulta popular sobre si se está a favor o en contra de implantar una planta de biometano en la localidad.
El artículo 149.1.32ª de la Constitución Española establece como competencia exclusiva del Estado la «autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum».
Por otro lado, la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) reconoce el derecho de los vecinos a solicitar una consulta popular, estableciendo en su artículo 71 que «los alcaldes, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la Hacienda local».
El Gobierno autoriza la celebración de la consulta popular, ya que reúne todos los requisitos de fondo exigidos por el artículo 71 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, al ser un asunto de competencia propia municipal, de carácter local, de especial relevancia para los intereses de los vecinos y no relativo a la hacienda local.