La Audiencia Provincial de Guadalajara ha desestimado el recurso de apelación presentado por una constructora contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de la capital que absolvía al Ayuntamiento de Yebes de abonar más de 10,6 millones de euros que le reclamaba la empresa.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia Provincial da la razón al Ayuntamiento de Yebes, al que Nesgar Promociones demandó por vía civil para exigirle la devolución íntegra de la cantidad abonada por la adquisición, en abril de 2008, de una parcela municipal en Valdeluz, así como el importe de la fianza y la indemnización por daños y perjuicios.
El Ayuntamiento de Yebes sostiene que la empresa debía construir 160 viviendas en dichos terrenos y que, tras sucesivos aplazamientos por falta de demandantes -que debían cumplir unos requisitos establecidos por el Consistorio-, solicitó la rescisión del contrato, lo que llevaba aparejada la pérdida de un tercio del valor del terreno y la incautación del aval depositado.
Así, en el fallo, la Audiencia Provincial afirma que la empresa actuó con «falta de diligencia al adquirir los terrenos sin informarse suficientemente de las posibilidades de su venta».
Por ello, consideran que no concurre la circunstancia de «imposibilidad sobrevenida», que reclama Nesgar Promociones, y justifica la falta de compradores en «la crisis padecida por el mercado», que es propia del negocio inmobiliario.
De este modo, la Audiencia Provincial de Guadalajara ha desestimado el recurso de apelación y ha impuesto a la empresa el pago de los costes procesales.