lunes, 25 de noviembre de 2024
16/11/2012junio 13th, 2017

El acusado por el tiroteo de Ugena (Toledo), Agustín B.R., de 36 años, que en junio de 2010 hirió a ocho jóvenes con un subfusil del Ejército deberá pasar cuatro años internado en un centro de tratamiento médico para después ir a la cárcel, aunque la pena global no podrá exceder de 11 años y tres meses de internamiento.

Así se establece en la sentencia de conformidad dictada por la sección segunda de la Audiencia de Toledo después de que iniciado el juicio, el pasado 16 de octubre, la fiscalía planteara una rebaja sustancial de la pena -al principio solicitó 95 años de cárcel- a la cual se adhirieron la defensa y la acusación particular, representadas por los letrados Marcos García Montes y Marco Antonio Caballero, también alcalde de Carranque, respectivamente.


Así, el tribunal ha acordado que dada la «peligrosidad social» del acusado, que era adicto a la cocaína, al cannabis y al alcohol, que le han afectado gravemente sus capacidades, éste debe permanecer internado en un centro de tratamiento médico o de educación especial adecuado al tipo de anomalía que presenta durante un periodo de cuatro años

El interno deberá estar bajo el control del juez de vigilancia penitenciaria que podrá recabar cuantos informes precise para evaluar, al menos una vez al año, la conveniencia de que siga en el centro especial o no, aunque una vez que salga irá a la cárcel, aunque la pena total, incluidos los cuatro años referidos, no podrá superar los once años y tres meses.

Además, tras salir de la cárcel, Agustín no podrá acercarse a las víctimas a menos de medio kilómetro durante 10 años, y tampoco se podrá comunicar con ellos durante el mismo periodo.

El tribunal le considera responsable de ocho delitos de intento de asesinato y de otro de depósito de armas de guerra.

El fiscal, que solicitaba inicialmente 95 años de prisión, decidió rebajar su petición al aplicarle una eximente incompleta por su adicción a la cocaína, al cannabis y al alcohol que consumía el acusado cuando ocurrieron los hechos y que le afectaron «gravemente» sus capacidades.

También ha tenido en cuenta la fiscalía la declaración que hicieron las víctimas en el juicio al afirmar que habían cobrado la mitad de la indemnización solicitada y que la otra mitad está depositada judicialmente, por lo que aplicó la atenuante de reparación del daño.

La indemnización que debe pagar el procesado se eleva a un total de 72.000 euros por los daños físicos y psíquicos ocasionados a los jóvenes por este episodio, del que no se conoce móvil, pues no se conocían de nada.

Los hechos ocurrieron sobre las dos de la madrugada del 4 de junio de 2010 cuando el acusado, que conducía un Audi TT por la calle de La Coruña de Ugena, comenzó a disparar contra un grupo de jóvenes que se encontraban charlando en una zona asfaltada habilitada como aparcamiento descubierto.

Así, sin mediar palabra, el individuo efectuó hasta treinta disparos mientras reducía la velocidad del vehículo, causando heridas por arma de fuego a un total de ocho jóvenes.

El arma con la que efectuó los disparos era un subfusil automático marca Star, modelo Z-45, del Ejército de Tierra, con la inscripción de «División Azul Cóndor».

Al día siguiente fue detenido por la Guardia Civil en un cámping de la localidad de Candeleda, al sur de la provincia de Ávila.

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