El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican determinados términos de la concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje Madrid-Toledo (AP-41) y de la circunvalación norte de Toledo, incluida en la autovía A-40.
En el Real Decreto se modifican términos de la concesión de la AP-41 y de la Autovía de Castilla-La Mancha (A-40), en el tramo de la circunvalación norte de Toledo, «para restablecer el equilibrio económico y financiero de dicha concesión como consecuencia de no haberse construido la autopista Toledo-Ciudad Real-Córdoba».
El Tribunal Supremo (TS) dictó sentencia en relación con un recurso contencioso-administrativo que había interpuesto la autopista Madrid-Toledo, por la desestimación de la petición de reequilibrio económico del contrato de su concesión.
La solicitud de reequilibrio estaba motivada en los perjuicios económicos financieros que le habrían causado, entre otras causas, la no construcción de la autopista Toledo-Ciudad Real-Córdoba y la prolongación de la autopista Madrid-Toledo hacia el sur.
En el fallo de la sentencia del TC se dispone la estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la sociedad concesionaria, anulando la desestimación por silencio administrativo «y reconociendo el derecho de Autopista Madrid-Toledo a que se restablezca el equilibrio económico y financiero de su concesión por los perjuicios causados por lo motivos aludidos».
Así, el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros autoriza el pago de la compensación del año 2016 y establece las que se corresponderán en los próximos años.