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23/02/2015junio 8th, 2017

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha desestimado el «incidente de nulidad» presentado por los cuatro asesores del Ayuntamiento de Valdepeñas (Ciudad Real) contra la sentencia que ordenaba su cese, según ha informado CCOO.

En su auto, el tribunal regional condena asimismo a los asesores al pago de las costas procesales del incidente procesal promovido por ellos para intentar evitar el cumplimiento de la sentencia del 24 de noviembre de 2014 que anuló la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada en 2011 por el Ayuntamiento para nombrar a cargos de confianza.


Los puestos afectados por esta modificación fueron los de gerente de Urbanismo, jefe de gabinete de prensa, secretario de la Alcaldía, responsable de Suministros, inspector de Obras, auxiliar administrativo y consejera del Ciudadano.

La resolución del TSJC-M deja bien claro que no se vulneró el derecho fundamental de tutela judicial efectiva invocado por los asesores, toda vez que tuvieron conocimiento extraprocesal del caso y la afectación sobre sus puestos al haber participado como testigos, y decidieron voluntariamente no personarse en el proceso.

El responsable de la Federación de Servicios al Ciudadano de CCOO en Ciudad Real, Alfonso Tercero, ha señalado que el incidente de nulidad presentado por los cuatro asesores «no ha sido sino una maniobra dilatoria para no cumplir la sentencia, que es firme».

Y ha recordado que la sentencia del TSJC-M, dictada también a instancias de CCOO, señaló en su momento que las plazas ocupadas por estos asesores debieron crearse para ser cubiertas por empleados públicos, mediante el pertinente proceso de selección y bajo las condiciones de igualdad, mérito y capacidad.

Por el contrario, en 2011 el equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Valdepeñas amortizó siete plazas de personal eventual y las volvió a crear reservándolas para el nombramiento de «asesores», en un procedimiento sin la preceptiva negociación previa con los representantes sindicales, sin motivación objetiva y razonada y sin detallar contenido alguno de las funciones concretas de cada puesto.

Con ello, según Comisiones Obreras, se vulneró tanto el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Empleo Público de Castilla-La Mancha como el Acuerdo Marco y el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Valdepeñas, al reservarse para personas de libre designación plazas permanentes de la estructura administrativa municipal.

Tercero ha destacado la relevancia de esta sentencia, «cuyo sentido y fundamentos jurídicos coinciden con las dos sentencias que también declaran nulos de pleno derecho los puestos de trabajo de 14 Asesores de la Presidencia de la Diputación Provincial de Ciudad Real», ha concluido.

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