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13/12/2012junio 13th, 2017

La Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso de apelación presentado por el Banco CCM contra el embargo de bienes a esta entidad por un importe de más de 3 millones de euros, en el litigio iniciado a raíz de la demanda presentada por las empresas Promociones Nou Temple y Temple Servicios Inmobiliarios.

El auto de la Sección Novena de la Audiencia de Valencia, de fecha 1 de octubre de 2012 y al que ha tenido acceso Efe, desestima también el recurso de apelación de las demandantes contra el auto del Juzgado de Primera Instancia número 20 de Valencia que estimaba «parcialmente» sus pretensiones en cuanto al citado embargo preventivo de bienes del Banco CCM.


Sin embargo, Nou Temple ha emitido una nota en la que denuncia que la antigua Caja Ahorros de Castilla-La Mancha «sigue sin cumplir los acuerdos y contratos firmados con esta empresa», pese al auto emitido por el citado juzgado valenciano el pasado mes de enero, sin aludir, en ningún momento, al auto de la Audiencia Provincial de Valencia que da la razón al Banco CCM.

En virtud de este último auto, «no concurren los requisitos necesarios» para la adopción del embargo preventivo de bienes, ya que en la solicitud de esta medida cautelar, las empresas valencianas «no justifican las razones que puedan concurrir en este momento para adoptar dicha medida y que no concurrieran al momento de la presentación de la demanda, el 25 de mayo de 2011».

Según el auto de la Audiencia, la única justificación que alegaron Nou Temple y Temple Servicios es que, con posterioridad a la demanda inicial, la entidad Banco CCM había notificado por burofax el vencimiento de los préstamos referidos a la promoción inmobiliaria «El Pilar» y se había instado a la ejecución hipotecaria respecto a otra promoción, «Jardines de Montemar».

En cuanto al peligro de la mora procesal aducida por las empresas demandantes, la Audiencia valenciana considera que «nada se ha acreditado» y, además, la intervención por las autoridades monetarias de la antigua Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha determinaba precisamente «mayor garantía de solvencia».

En el mismo auto de la Sección Novena de la Audiencia de Valencia de 1 de octubre de 2012, se impone a las entidades Promociones Nou Temple y Temple Servicios Inmobiliarios las costas devengadas por su recurso de apelación y se acuerda la devolución al Banco CCM de los depósitos para recurrir en apelación.

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