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viernes, 22 de noviembre de 2024
Río Tajo
El rio Tajo a su paso por Talavera. EFE/ Manu Reino
debe presentarse una declaración - 22 julio 2024 - Toledo

La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) ha simplificado algunos trámites administrativos en relación al mantenimiento de los cauces, en actuaciones como la poda y retirada de árboles muertos, desbroces, retirada de escombros y residuos sólidos o labores urgentes de recuperación ambiental tras incendios forestales.

En estos casos ya no se requiere autorización sino que debe presentarse una declaración responsable que supone la veracidad de la información proporcionada por el interesado, así como el compromiso de cumplir con los requisitos establecidos en la normativa.


La simplificación se enmarca en el Real Decreto 665/2023 del 18 de julio que modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, de modo que algunas obras y actuaciones que se realizan en el dominio público hidráulico o en la zona de policía ya no necesitan contar con una autorización administrativa, sino que el interesado debe presentar ante la CHT una declaración responsable, lo que simplifica «significativamente» su tramitación.

En el caso de actuaciones de conservación y mantenimiento de cauces, que son «muy demandadas» por ayuntamientos y particulares, se precisa declaración responsable para:

– corta y retirada de árboles muertos o que supongan un riesgo para la seguridad de personas o bienes

– podas de árboles

– desbroce selectivo de vegetación

– actuaciones de gestión de la biomasa vegetal (normativa de prevención y defensa contra los incendios forestales), o medidas de prevención frente a enfermedades y plagas

– retirada de las especies acuáticas y ribereñas invasoras en zona de policía

– labores de mantenimiento de La Confederación del Tajo simplifica trámites para poda, desbroces o retirada de escombros

– retirada de escombros y residuos sólidos urbanos

– retirada puntual de arrastres provocados por las corrientes, que obstruyan el cauce y obras de paso

– labores urgentes de recuperación ambiental tras incendios forestales y reforestaciones con vegetación autóctona que no supongan afección al régimen de corrientes

– aprovechamientos de madera y leñosos en zona de policía, fuera de la zona de servidumbre, bajo ciertos requisitos

– tratamientos biológicos para la eliminación de simúlidos (mosca negra) u otras especies

– siembras de especies no leñosas en zona de policía

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