La Audiencia Provincial de Toledo juzga mañana a un hombre de nacionalidad nigeriana que usó dinero que conseguía de la clonación de tarjetas de crédito para comprar a través de empresas sin actividad comercial, para el que el fiscal pide dos años de cárcel y una multa de 1,3 millones de euros.
Según se indica en el escrito de acusación del fiscal, el procesado creó dos empresas mercantiles en 2003 para ocultar el dinero que obtenía ilícitamente de la clonación de tarjetas de crédito y su uso fraudulento con el denominado método skimming, en el que participaba junto a otros individuos que no están procesados en esta causa.
El procesado era el administrador único de las dos empresas, que fueron constituidas con un capital de 3.006 euros cada una y no tenían ningún tipo de actividad comercial, ni trabajadores a su nombre.
Utilizando una de estas dos mercantiles como sociedad interpuesta, el acusado compró el 28 de mayo de 2010 el Hotel Central de Yuncos (Toledo) por 2.600.000 euros, con el dinero obtenido de sus actividades ilícitas.
Este hotel se encontraba en situación de quiebra financiera, con una deuda a comienzos de 2010 de 3.550.733 euros, «si bien el acusado le inyectó capital de origen desconocido y procedente de la actividad ilícita desarrollada», según mantiene el fiscal.
Posteriormente, en 2010 se hicieron aportaciones al capital por valor de 485.910 euros y en 2011 de 126.096, euros, cuyo origen era desconocido, según el ministerio público.
Asimismo, señala en su escrito que el patrimonio del acusado se incrementó un 2.180 por 100 en seis años, pasando de 32.126,93 euros en 2005 a 700.457,8 euros en 2011, sin que procediera «de actividad comercial o trabajo desarrollado alguno».
Según el fiscal, el acusado no tiene ingresos declarados y las sociedades que constituyó «no tienen actividad comercial ni balance de cuentas, siendo meras sociedades pantallas para dar un destino legal al dinero obtenido de forma fraudulenta».
El fiscal lo considera autor de un delito de blanqueo de capitales, por el que pide que sea condenado a dos años de prisión y a pagar una multa de 1.336.660 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un año en caso de impago.