jueves, 9 de enero de 2025
Vivienda de uso turístico.
Vivienda de uso turístico.
A partir del próximo 3 de abril - 08 enero 2025 - Madrid

Las comunidades de propietarios se han felicitado este miércoles por la reciente modificación de la Ley de la Propiedad Horizontal que establece que, a partir del próximo 3 de abril, podrán prohibir la apertura de nuevos pisos turísticos en el edificio si así lo deciden 3/5 partes de los propietarios.

En una nota de prensa remitida hoy miércoles, el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) valora la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, publicada la semana pasada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y recuerda que no afectará a los propietarios que ya tuvieran pisos turísticos antes de esa fecha, que podrán seguir desarrollando esta actividad.


Por el contrario, si después de entrar en vigor la ley alguno de los propietarios decidiera desarrollar actividades turísticas sin el permiso de la comunidad, esta puede solicitar su cese inmediato.

Según explica el CGCAFE, los pisos turísticos generan «serios problemas de convivencia» en las comunidades de propietarios, entre ellos la «falta de respeto a las normas básicas de convivencia, ruidos, basura orgánica e incluso inseguridad para los vecinos».

Por ello, consideran que, con esta ley, se da seguridad jurídica tanto a las comunidades de propietarios como a los administradores de fincas colegiados.

El CGCAFE considera que es urgente que se apruebe una nueva Ley de Propiedad Horizontal que resuelva el resto de problemas con los que se encuentran las comunidades de propietarios, entre ellas la validez de las juntas telemáticas.

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