Los empleados públicos de la Junta que se ausenten del trabajo por motivos de salud deberán presentar el correspondiente parte de baja médica, aún cuando la ausencia sea inferior a cuatro días, y su incumplimiento puede acarrear una infracción leve si el parte de baja se presenta pasados tres días desde su expedición.
Así se recoge en una instrucción firmada por el director general de la Función Pública de la Junta, Francisco Ferrero, que lleva fecha del 26 de marzo y a la que ha tenido acceso Efe y que tiene por objeto establecer una serie de «criterios homogéneos» en la interpretación y aplicación de la Ley de medidas Complementarias para el Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos.
En la instrucción, de 15 folios y que no especifica la fecha de su entrada en vigor, se indica que «salvo que se pruebe la imposibilidad de presentar el parte de baja en los plazos establecidos, el incumplimiento de esta obligación podrá constituir una infracción disciplinaria leve si el parte de baja se presenta pasados tres días desde su expedición».
Asimismo, se indica que «las faltas de asistencia para acudir a consulta médica o recibir asistencia sanitaria solamente serán justificables cuando no sea posible hacerlo fuera del horario de trabajo y por el tiempo indispensable para acudir o regresar de ellas».
La justificación de las faltas de asistencia se realizará mediante el justificante médico, en el que deberá figurar el nombre y apellidos del paciente, fecha de la atención sanitaria y hora de la cita previa o asistencia si es en caso de urgencia.
La administración explica en el documento que el objetivo es establecer criterios homogéneos en aplicación de la Ley de Medidas Complementarias, mejorar la eficacia en la gestión y la planificación de los recursos humanos y el control de costes.
Estas instrucciones afectan a los funcionarios de carrera,a los interinos, al personal docente no universitario y al personal estatutario del Sescam que ocupen puestos de trabajo reservados al personal funcionario.
En el documento se explica también como se aplicará la reducción de las retribuciones fijas y variables, así como el complemento por incapacidad temporal, entre otras cuestiones.