La Delegación Provincial de Sanidad de Toledo, dependiente de la Consejería de Sanidad, ha decidido prorrogar durante 10 días más las restricciones de nivel 3 en la ciudad de Toledo, tal y como ha podido conocer encastillalamancha.es.
Medidas que podrían ser prorrogables por otro período de 10 días más.
Lo que significa que la hostelería interior deberá permanecer cerrada durante el mismo período de tiempo.
La resolución aclara que «dado el carácter urgente de estas medidas, las mismas resultan de aplicación desde la fecha de la firma de la presente resolución». O sea, desde hoy, lunes 16 de noviembre.
651 casos de Covid en la ciudad de Toledo las dos últimas semanas
En la semana epidemiológica número 44 (del 26 de octubre al 1 de noviembre de 2020) se registraron en el Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de 329 casos correspondientes al municipio de Toledo, lo que supone una tasa de 387,6 casos por 100.000 habitantes (IC 95%: 345,8-429,5). Es una tasa ligeramente inferior a la de la semana 43 pero superior a la de la semana 42.
En la semana epidemiológica número 45 (del 2 al 8 de noviembre de 2020) se registraron en el Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de 322 casos correspondientes al municipio de Toledo, lo que supone una tasa de 379,4 casos por 100.000 habitantes (IC 95%: 338,0-420,8). Es una tasa similar a la de la semana 44.
Entre las semanas epidemiológicas 44 y 45 se declararon en el municipio de Toledo un total de 651 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 767,0 casos/100.000 habitantes.
Elevadas tasas de incidencia en personas de más de 65 años
A fecha 12 de noviembre de 2020, el porcentaje de camas de UCI ocupadas por enfermos COVID- 19 ascendía al 52,9% en la Gerencia de Atención Integrada de Toledo y el porcentaje total de camas ocupadas por pacientes COVID-19 ascendía al 27,5%.
La tasa de incidencia acumulada en las semanas 44 y 45 (en torno a 400 casos por 100.000 habitantes en ambas), la incidencia acumulada en los últimos 14 días (próxima a 800 casos por 100.000 habitantes), las elevadas tasas de incidencia en personas con 65 y más años (incidencia acumulada en los últimos 14 días de 817,3 casos por 100.000 habitantes) y el peso relativo ascendente de este grupo de edad sobre el total de casos se sitúan claramente muy por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
Asimismo, tanto el porcentaje de pruebas diagnósticas positivas como la ocupación hospitalaria por enfermos COVID-19 se sitúan en unos niveles preocupantes.
Escenario de transmisión comunitaria intensa
Estos indicadores ponen de manifiesto que no se ha observado ninguna mejoría respecto al último informe, permaneciendo el municipio de Toledo en un escenario de transmisión comunitaria intensa, lo que exige la adopción de medidas complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.
Dado que la evidencia científica ha constatado que la transmisión del virus es mucho más intensa en espacios cerrados, sería conveniente reforzar las medidas establecidas en el Nivel 3 con medidas específicas de control en espacios cerrados en los que puede observarse una cierta concentración de personas con momentos en los que de difícil el mantenimiento riguroso de las medidas de distanciamiento personal, tales como bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos similares.
Por todo ello, en virtud del protocolo elaborado desde la Consejería de Sanidad se hace necesario mantener en el municipio de Toledo las siguientes medidas de salud pública de nivel 3 actualizadas de conformidad con la Instrucción 13/2020, de 9 de noviembre de 2020 dictada por la Dirección General de Salud Pública, durante 10 días prorrogables en función de la situación epidemiológica.
Restricciones en los locales de ocio
Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
Se suspende la actividad en el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23 horas.
Bodas, bautizos y comuniones
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 60 personas en espacio abierto. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas, en los que no exista servicio de hostelería se limitará el aforo máximo al 30% del establecido.
Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.
En la residencias de mayores…
Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Velatorios, comitivas fúnebres…
Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.
Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.
La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.
Controles en los consumos de alcohol
Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.
El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.
Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas
Competiciones de ámbito federativo
Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas
Las visitas guiadas a monumento y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas.
Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios.
Cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.
Congresos, seminarios…
Se suspenderá la actividad presencial de congresos, seminarios, y actividades de índole similar.
Los hoteles sólo podrán contratar el 50% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25%.
En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 20% en espacios interiores y del 50% en espacios exteriores.
Mercadillos, autobuses urbanos…
Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22 y las 8 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénicosanitarias.
Se limitará al 50% la ocupación de autobuses urbanos y taxis.
Y una recomendación, «la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable”.