La Asociación de Ayuda al Endeudamiento se ha encargado de cancelar 529.523,94 euros que debía una vecina de Guadalajara por la acumulación de deudas de hipotecas, logrando también mantener dos viviendas al 50% y un vehículo en propiedad. El proceso se ha llevado a cabo por la Asociación aplicando la conocida “Ley de la Segunda Oportunidad”.
A pesar de su oposición, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Guadalajara no ha dudado en cancelar también deudas pendientes.Únicamente debe abonar 600 euros ante el Ayuntamiento de Madrid
Antecedentes
Esta vecina con nómina y contrato fijo se sobreendeudó hasta acumular casi medio millón de euros pendientes de pago. Mayormente, por las hipotecas en pleno boom inmobiliario que solicitó. Perdió su trabajo por la quiebra de su empresa y esa fuente de ingresos se redujo considerablemente, con esto empezaron los problemas.
Los acreedores se hicieron notar rápidamente al ver que no cobraban regularmente. Ante esto, el deudor intentó por su cuenta acordar alguna prórroga u otra forma de pago sin éxito.
Contactó con abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, especializados en la llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”, procedimiento que permite la cancelación de deudas por resolución judicial desde 2015. Los letrados estudiaron su caso y comprobaron que cumplía todos los requisitos para acogerse al proceso. Fue ahí cuando decidió dar el paso de acogerse a esta novedosa ley.
Intentos de acuerdo sin éxito
Durante este primer periodo, se intentó llegar a un acuerdo entre acreedores y deudora para abonar la deuda en plazos acordes a sus ingresos previstos. No obstante, este plan de pagos propuesto no fue aceptado por las distintas entidades bancarias y, por supuesto, ni fue contestado por las Administraciones Públicas.
“Debido a la poca prosperidad de estos acuerdos, estos intentos cada vez son menos habituales. De hecho, casi nulos en la gran mayoría de procesos. Si cumples los requisitos, siempre es más aconsejable acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad” señala el letrado.
Esto, paradójicamente, es lo que permitió solicitar al Juzgado el perdón de las deudas. Antes, se trató el importante tema de sus propiedades. Contaba con 2 viviendas al 50% y un coche apenas sin valor. Las hipotecas de las primeras, abusivas en cuanto a sus condiciones, no las podía pagar.
“El objetivo era hacer ver al juzgado que una liquidación por el 50% de esas partes de propiedad no eran rentables, iba a quedar desierta y se iba a perder tanto el tiempo como los costes de toda esa gestión. Con ello, se conseguía mantener el usufructo de la vivienda por parte de la asociada hasta que el banco por su cuenta consiguiera iniciar una subasta”, apunta el letrado.
Una vez comprobados los requisitos y concedida la “segunda oportunidad” a la deudora, ha quedado libre de pagar 528.854,75 euros que arrastraba en deudas. Solo le quedará por pagar la parte “no exonerable” del crédito público, 669,19 euros ante el Ayuntamiento de Madrid.
Esta sentencia deja sin posibilidades de cobrar absolutamente nada a los acreedores del asociado, excepto el Ayuntamiento de Madrid, imposibilitando de cualquier reclamación judicial hacia ella.