lunes, 23 de septiembre de 2024
12/05/2014junio 9th, 2017

Globalcaja se ha puesto a disposición de los agricultores para ofrecer así formar parte de los Planes Colectivos de Reestructuración de Viñedo de la entidad, habiendo configurado el mayor colectivo de la región.

Como continuación a los Planes de Reestructuración y Reconversión del Viñedo de las campañas 2000/2009, en 2013 se abrió un nuevo plazo para la solicitud de ayudas de Reestructuración, que van a ser ejecutadas en Castilla-La Mancha durante el periodo 2014-2016.


Se trata de unas importantes ayudas destinadas a la modernización de las explotaciones vitivinícolas de nuestra región, de modo que éstas sean capaces de incorporar todas aquellas novedades técnicas que mejoren y aumenten su rentabilidad y eficiencia productiva, y puedan así adaptarse con éxito a las cada vez mayores exigencias del mercado.

Globalcaja se pone, de nuevo, a disposición de los viticultores para formalizar en las mejores condiciones y con la mayor celeridad, los avales necesarios para conseguir el anticipo de las ayudas de reestructuración.

Teniendo en cuenta que el importe de la subvención concedida es de un 50 por 100 de la inversión financiable (en otros años ha llegado hasta el 75 por 100), el importe del anticipo de la JCCM a quienes soliciten el aval va a ser de un 40 por 100 de la inversión total, por lo que Globalcaja pone a disposición de los agricultores que soliciten aval, una financiación adicional para el resto de la inversión de hasta un 50 por 100 de la inversión financiable.

Considerando que únicamente van a poder solicitar el anticipo de la ayuda aquellos que hayan indicado como año de pago en su expediente el 2014, y además vayan a comenzar las operaciones en esta campaña, para el resto de los casos, es decir, para aquellos viticultores que comiencen las operaciones a partir de la próxima campaña, se pone a su disposición una línea de anticipo de hasta un 80 por 100 de la inversión financiable.

El cobro de estas ayudas se realiza por certificación, una vez realizadas y certificadas todas las operaciones, o bien mediante el anticipo de la ayuda.

Por último hay que indicar que se podrán conceder anticipos por el 80 por 100 de la ayuda aprobada siempre y cuando se haya comenzado la ejecución de la medida y se haya constituido un aval por un importe igual al 120 por 100 del anticipo de la ayuda.

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